Una de las recientes sugerencias de José María Figueres fue la de aumentar en dos las provincias. El planteamiento podría derivar en reflexiones mayores tendientes a una reformulación del sistema político-administrativo.
Desde muy temprana edad republicana, Costa Rica se inclinó por la fórmula municipal afincada en cantones que utilizó y mantiene el sistema español, cuando menos para los países sometidos a su imperio colonial. Este sistema fue útil al Estado por el reducido tamaño del territorio, escasa población y una productividad limitada y basada en el agro.
Esas condiciones, suficientes para satisfacer la poca demanda de servicios hasta muy entrados los años ochenta, decayeron a partir de la década de los noventa con la inserción de Costa Rica en el plano internacional que le permitió hospedar a grandes conglomerados empresariales que visualizaron oportunidades económicas capaces de impulsarse desde nuestro territorio.
El problema no devino por la división territorial, sino por la concentración de intereses en la denominada área metropolitana con imperdonable descuido de las zonas periféricas con niveles de marginalidad por la falta de medios materiales para un desarrollo más igualitario.
Veinte años después del nuevo orden económico mundial y con una reestructuración geopolítica, nuestro país se mantiene sin reformas sustanciales tendientes a superar lo positivamente logrado. Ampliar el número de provincias posiblemente no sea la única idea, pero el tema podría servir para un afinamiento normativo de lo que se tiene que, dichosamente, no requiere de los ingentes y letárgicos procedimientos legislativos de reforma constitucional.
Conforme al artículo 168 de la Constitución Política el territorio de Costa Rica se divide en provincias, cantones y en distritos, y se delegan en la ley ordinaria las distribuciones especiales. Basado en el Derecho de la Constitución y sin necesidad de una reforma constitucional, se podría por la ley ordinaria mantener la distribución territorial actual, pero dotando a las provincias de título y consecuentes prerrogativas administrativas.
En esa línea y a manera de sugerencias, deberá: a) nombrar en cada provincia un funcionario (tipo gobernador) de elección popular que obedezca exclusivamente a los mandatos de la circunscripción territorial por la que fue elegido; b) coordinar los planes de desarrollo provincial asegurando el equilibrio económico, social y cultural entre los cantones integrantes de la provincia; c) dictar, con aprobación posterior de las dos terceras partes de los representantes populares cantonales (dos terceras partes de los concejos municipales), los planes de desarrollo provincial en aras de mantener el equilibrio señalado en el punto anterior; d) someter a la Asamblea Legislativa los proyectos de ley tendientes al mejoramiento de su provincia en cuanto a productividad, distribución de la tierra, atracción de inversiones; planes de desarrollo, etc; e) aprobar, de previo a su remisión a la Contraloría General de la República, los presupuestos municipales de acuerdo al índice de desarrollo de cada municipio, conforme al Instituto Nacional de Estadística y Censos; f) mantener al día las estadísticas sobre los niveles o índices de pobreza, analfabetismo, cantidad y calidad de servicios públicos, necesidades de vivienda, educación y otras, para confeccionar las políticas de cada área, ; g) planificar y ejecutar las obras de infraestructura que involucren a los cantones de la provincia.
Un tema sensible es el financiamiento de esta figura. Pues bien, se financiaría así: 1) un porcentaje del presupuesto de cada cantón; 2) se traslada el rubro presupuestario que actualmente cubre a los asesores regionales de la Presidencia de la República; 3) se disminuye el número de asesores legislativos; 4) por no ser necesario y conforme al artículo 106 de la Constitución, se elimina el gasto de las giras regionales de los diputados; 5) se eliminan las direcciones regionales de los ministerios e instituciones autónomas. Como se ha dicho en exceso, no se pueden esperar resultados distintos con el mismo método.