El departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, en un informe jurídico de 52 páginas, le señaló nueve defectos al proyecto que reduciría en un 15% la jornada laboral de los funcionarios públicos que ganan más de ¢1,5 millones, salvo ciertas excepciones.
El documento reconoce que, ante la crisis económica, se requiere de medidas extraordinarias temporales, pero recalca la importancia de que el plan cumpla con la juridicidad del Estado de Derecho.
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El texto indica que la iniciativa carece de estudios técnicos que la sustenten y que afectaría el “buen y eficiente” funcionamiento de los servicios públicos.
Añade, que el plan excluye a altos funcionarios como diputados, alcaldes y personal de confianza.
Del mismo modo, señala que generaría implicaciones negativas en las empresas públicas en competencia y las municipalidades.
Según el informe, el proyecto no tutela derechos a trabajadores con condición especial como mujeres en periodo de lactancia.
Asimismo, cuestiona falta de claridad sobre los funcionarios que quedarían excluidas de la reducción y el destino del ahorro que se genere, al tiempo que señala una eventual discriminación por el impedimento de poder retirar el Fondo de Capitalización Laboral (FCL).
El documento, con fecha del 5 de agosto, fue elaborado por la jefa de área Sylvia Solís; y el asesor parlamentario Alex Piedra Sánchez.
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Este informe, de 52 páginas, contrasta con otro de 10 páginas, emitido el 20 de marzo por ese mismo departamento, sobre el proyecto que permitió reducir las jornadas en el sector privado hasta en un 75%.
En aquella ocasión, Servicios Técnicos no objetó la iniciativa y se limitó a indicar que se debía aprobar con mayoría absoluta, que podría ser discutido en una comisión legislativa con potestad legislativa plena y que se debían atender algunas correcciones de forma en la redacción.
En tanto, en el caso del proyecto para el sector público, se concluye que la iniciativa deberá ser aprobada por 38 diputados, debido a sus efectos en las entidades descentralizadas, dado que esas instituciones fueron creadas por una votación similar.
Finalmente, ese departamento afirma que el proyecto de reducción de jornadas en el sector público no puede ser tramitado en una Comisión con Potestad Legislativa Plena, sino que debe ser aprobado en el plenario pues requiere de mayoría calificada para su aprobación.
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Con esta iniciativa, el Gobierno pretende ahorrar ¢130.000 millones durante los 12 meses que esté en vigor.
El plan fue enviado el 13 de julio a la corriente legislativa. El Poder Ejecutivo dijo que abarcaría a todo el Estado, incluido, el Gobierno Central, órganos de desconcentrados, entes autónomos, empresas públicas y municipalidades.
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Prevé una excepción para las instituciones relacionadas con la atención de la pandemia, específicamente los cuerpos de Policía y Bomberos, el Ministerio de Salud, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), la Comisión Nacional de Emergencias (CNE) y los centros penitenciarios.
Estas son las objeciones:
- Criterios técnicos. El documento de Servicios Técnicos reitera, en al menos 13 ocasiones, la ausencia de criterios técnicos que fundamenten la iniciativa debido a la afectación que, asegura, ocurriría en los servicios públicos.
Pide determinar, por ejemplo, de dónde salió el cálculo del 15% y la decisión de proponerlo sobre remuneraciones brutas, entre otros puntos.
También, señala que se omiten informes del impacto a la CCSS y a Fodesaf.
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- Efectos en los servicios públicos. Asevera que el servicio público, en “gran parte”, depende de su fuerza laboral.
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- Exclusión de altos jerarcas y el personal de confianza. El informe alega que el artículo 143 del Código Laboral, que regula la jornada de trabajo ordinaria, excluye a los gerentes, administradores, apoderados y todos aquellos empleados que trabajan sin fiscalización superior inmediata.
A modo de ejemplo, el documento citó al presidente de la República, sus secretarios y asistentes; ministros y hasta sus choferes, diputados, alcaldes, embajadores, procurador general, directores y subdirectores, entre otros que encajan en esas categorías excluidas de ese artículo 143.
Hace un mes, el presidente Carlos Alvarado anunció que se rebajaba el salario en un 15% y, posteriormente, le pidió hacer lo mismo a sus ministros y presidentes ejecutivos.
El criterio de Servicios Técnicos indica que sería cada institución la encargada de determinar las exclusiones, caso por caso, según jurisprudencia de la Sala Constitucional.
- Efectos en empresas públicas en competencia. El informe alega que hay instituciones que no dependen de transferencias del Gobierno Central y producen sus propios recursos, por lo que no aportarían a la reducción del déficit fiscal.
Afirma que, al contrario, la reducción de horas de trabajo afectaría el funcionamiento y organización de esas instituciones “de cara a la competencia que enfrentan en el mercado”.
Además, considera que se incurriría en “una imposición tributaria implícita cargada a tales salarios”.
- Tutela de derechos. El informe cuestiona que en el proyecto de reducción de jornadas en el sector público no se tutelen derechos de personas trabajadoras, como el cálculo de derechos laborales y las pensiones, así como garantías para mujeres en lactancia.
- Razonabilidad técnica y proporcionalidad. El informe insiste en la falta de estudios técnicos que “analicen el impacto en la gestión, estructura y operación de los diferentes entes y órganos”. Dice que, ante esa ausencia, se afecta el principio de razonabilidad técnica y proporcionalidad.
- Excepciones. El informe alega que el proyecto carece de información clara a la hora de determinar las instituciones que serán excluidas de la medida, como la CCSS y la CNE. Afirma que se debe tener claro cuáles funcionarios atienden realmente la pandemia y cuáles no, incluso en el resto de instituciones que sí serían incluidas.
Alega, además, que hay funciones necesarias durante la pandemia como el suministro de electricidad, agua y telecomunicaciones, transporte, cuerpos forenses y judiciales, servicios bancarios y otros.
- Destino del ahorro. El proyecto cuestiona que el proyecto no transfiera los recursos que se ahorrarían a instituciones como la CCSS o algún otro programa social, pues el texto indica que el ahorro podría ser destinado a atender a las personas más afectadas por la emergencia o bien sufragar gastos en los que ha tenido que incurrir el sistema de salud.
- Retiro del FCL. Cuestiona que, a diferencia del sector privado, a los funcionarios públicos a los que se les reduciría la jornada “se les limita injustificadamente” el retiro del Fondo de Capitalización Laboral (FCL).