Pese a los pocos votos conseguidos en las urnas, incluso insuficientes para ganar una curul en el Congreso, los partidos Acción Ciudadana (PAC) y Restauración Nacional (PRN) podrán pellizar un porcentaje de la deuda política por gastos incurridos durante la pasada campaña electoral.
Podrán pedir el reembolso de aquellas facturas por gastos permanentes de organización y capacitación que no tengan una relación directa con la contienda, es decir, el alquiler de la sede partidaria, los recibos por servicios públicos y el pago de salarios al personal fijo de la agrupación, entre otros.
Así lo determinaron los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), el pasado 30 de noviembre, al resolver parcialmente con lugar un recurso de apelación interpuesto por el secretario general del PAC, Gonzalo Coto.
Antes de esa resolución, la 7853-E3-2022, esa posibilidad no existía. Si una agrupación no alcanzaba los votos suficientes para obtener un porcentaje de la contribución estatal en el proceso electoral, no podía reclamar el reintegro de ninguna factura de ese periodo, aunque se tratara de gastos permanentes.
Ahora, con la variación de criterio, las agrupaciones sí podrán liquidar esas facturas fijas —necesarias para la operación habitual—, sin importar el resultado en las urnas, siempre y cuando tengan en reserva deuda política de otros procesos electorales.
El Código Electoral obliga a los partidos políticos a guardar un porcentaje de la contribución estatal para gastos de organización y capacitación, con el objetivo de que tengan recursos suficientes para seguir operando durante los periodos no electorales, cuando las contribuciones y los aportes captados son mínimos.
De ese fondo, los grupos que participaron en la justa electoral y que no alcanzaron el umbral de votos requerido para obtener derecho a la contribución estatal, podrán redimir los gastos permanentes, no vinculados directamente a la campaña.
De esa posibilidad están excluidas, por ende, las facturas por signos externos, publicidad, mítines y demás actividades propagandísticas, ya que son gastos meramente electorales.
Los magistrados concluyeron que ninguna norma del Código Electoral se debe interpretar en el sentido de debilitar el papel constitucionalmente asignado a los partidos políticos como expresión del pluralismo político, formadores de la manifestación de la voluntad popular y vehículos de la participación ciudadana en la política nacional.

Liquidaciones millonarias
Tras la resolución de los magistrados, el PAC y Restauración Nacional presentaron liquidaciones de gastos millonarias, con la intención de obtener un reembolso. La primera de esas agrupaciones por ¢196 millones, mientras que la segunda por ¢720 millones, según confirmó el departamento de Financiamiento de Partidos Políticos del TSE.
No obstante, eso no significa que todo ese dinero se les reintegrará, pues funcionarios del Tribunal, de previo, deberán recibir la documentación entregada y determinar cuáles gastos son permanentes y sujetos a reembolso, y cuáles no, porque son propios de la campaña.
“Este departamento desarrolla el respectivo proceso de comprobación de gastos a fin de evitar que se recurra a la reserva destinada a gastos permanentes para cubrir gastos ocasionados con motivo de actividades propias de la campaña electoral, de forma tal que las agrupaciones en mención no se les reconozca como ‘gastos permanentes’ aquellos que son propios de la ‘campaña electoral’”, explicó Jorge Alberto Bolaños, Jefe a. i. del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos del TSE, el pasado 4 de enero, ante una consulta de La Nación.
Por su parte, el presidente del PAC, Fabián Solano, aseguró que decisión de los magistrados electorales fue recibida con alegría. En su criterio, fue la decisión correcta, pues es la misma que se aplica para las elecciones municipales.