A partir del 1.° de febrero, las ventas por catálogos, piramidales, multinivel y similares deberán aplicar el impuesto general sobre las ventas a los mayoristas, pero sobre el precio estimado al consumidor final.
Así lo estableció la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda en una resolución publicada en La Gaceta el 22 de enero.
“Las ventas de esta naturaleza hoy día tributan, pero bajo el régimen general, lo que se está haciendo es simplificar el cobro en las empresas sobre el valor del bien sugerido al público”, dijo Carlos Vargas, director general de Tributación.
Mario Hidalgo, socio de impuestos de Deloitte, explicó que las ventas por catálogo nunca han tenido una regulación fiscal expresa en Costa Rica.
Detalló que lo usual es que cuando la empresa comercial vende sus productos a las promotoras o vendedoras se paga el impuesto de ventas.
El decreto establece que ya no será el precio al cual el mayorista le vende al intermediario sobre el cual se aplicará el impuesto, sino el valor final al consumidor, que es más alto, pues incluye la ganancia que obtienen los vendedores.
Por ello, Hidalgo prevé que la medida se traducirá en un incremento en los precios.
La Cámara de Comercio informó que consulta la medida a los afiliados. Esta entidad calcula que en el país existen cerca de 20 firmas de este tipo.
“Esta resolución parece ser una medida más para buscar mejorar la recaudación , pues es mas fácil controlar al mayorista que a los miles de vendedores; aquí lo único que me genera duda es que se cobra el impuesto al mayorista con base en el precio de venta al consumidor final”, comentó Eugenia Chaves, gerente de impuestos en ICS Consultores S. A.