El Banco Central suspendió, hasta el 31 de julio de 2020, la aplicación de la comisión del 2%, establecida para aquellas operaciones de compra o venta de divisas no programadas, que requieran efectuar las instituciones del sector público no bancario (SPNB), con el Banco Central de Costa Rica.
Las entidades públicas transan sus compras o ventas de divisas con el Banco Central, pero para ello deben entregar una programación, si no lo hacen, entonces pueden siempre hacer la transacción pero la entidad les cobra una comisión del 2% sobre el tipo de cambio.
“Cuando existan desvíos entre el monto programado y lo gestionado por el SPNB (montos no programados), los tipos de cambio de compra o de venta de la liquidación se calcularán con una comisión del 2%”, establecía el acuerdo.
No obstante, dicha disposición se suspendió debido a que, por la emergencia nacional del covid-19, las entidades pueden requerir dólares para compras de urgencia en el exterior, por ejemplo, las relacionadas con el sector salud; o vender divisas debido a reducciones en los ingresos.
“La actual crisis sanitaria que atraviesa el país está implicando para algunas instituciones públicas la realización urgente de operaciones no planeadas previamente. Dicha circunstancia ocurre en un contexto en el que, además, varias de esas entidades están experimentando una reducción en sus flujos de efectivo”, indicó el Banco Central en sus considerandos.
“Las circunstancias antes señaladas imponen algunas dificultades para que las instituciones públicas puedan programar oportunamente las operaciones de compra o venta de divisas que efectúan con el Banco Central”, añadió.
En el acuerdo, el Banco Central no exime a las entidades de continuar programando las operaciones de compraventa de divisas; no obstante, si tuvieran una urgencia no se les cobra la comisión.