Los jueces penales no pueden imponer penas superiores a los 25 años de prisión debido a que la Sala Constitucional acogió para estudio una acción que cuestiona la reforma de mayo de 1994, que pasó de 25 a 50 años la sanción máxima a imponer.
El caso fue acogido para estudio el 23 de junio, a raíz de la acción que interpuso Francisco Madrigal Guerrero, un reo de La Reforma condenado a 70 años de cárcel –en mayo del 2011– por un doble homicidio .
Madrigal alegó que existen vicios en el procedimiento legislativo que reformó los artículos 51 y 76 del Código Penal, mediante la Ley N.° 7.389, del 22 de abril de 1994, que elevó la pena máxima a los 50 años.
Por esa razón, los magistrados ordenaron que, de acuerdo con el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, ningún juez pueda dictar resoluciones finales con base en esos dos artículos hasta tanto no se resuelva la acción.
Gilbert Armijo, presidente de la Sala Constitucional, confirmó a La Nación que los efectos suspensivos se aplican solamente cuando se deban imponer sanciones superiores a los 25 años y no así bajo otros presupuestos legales.
Impacto. Marco Mairena, juez del Tribunal de Apelaciones de Cartago, explicó que la orden, al ser de acatamiento obligatorio, afecta únicamente los juicios cuya eventual pena a imponer esté por encima de los 25 años, ya sea por tratarse de la sanción propia para un delito en particular o por las reglas del concurso material cuando, al haber varios delitos, se fija el triple de la mayor pena impuesta y esta supere los 25 años.
Mairena añadió que los efectos suspensivos tendrían un impacto en aquellas causas donde hay imputados con prisión preventiva, pues deberán mantenerse presos hasta tanto la Sala Constitucional no resuelva.
Por otro lado, dijo que si se iniciaron debates con eventuales penas de más de 25 años, pero aún no han terminado, podrían anularse si transcurren más de 10 días desde la última audiencia y el momento en que la Sala dicte la resolución.
Armijo aseguró a este diario que están estudiando el caso con celeridad, para reducir el impacto en todas las causas penales donde no se pueden aplicar las dos normas cuestionadas.
Según dijo, pidieron informes a la Procuraduría General de la República, Corte Suprema de Justicia y Ministerio de Justicia. Una vez que los reciban, resolverán en las próximas semanas.
Argumentos. El reo Francisco Madrigal planteó varias razones por los cuales debe reducirse a 25 años la pena máxima.
En primer lugar, sostuvo que el aumento de la sanción no tiene un fin de rehabilitación y ha ocasionado que, en la actualidad, se presente un problema crítico: el hacinamiento.
Luego, apuntó que la prisión, lejos de reducir la delincuencia, ha estigmatizado y provocado un daño físico y psicológico al reo. En su criterio, esta situación la advirtió la entonces ministra de Justicia, Elizabeth Odio, cuando se discutía la reforma legal.
Finalmente, consideró que hubo un vicio en el trámite, debido a que la Corte Suprema de Justicia había emitido un dictamen sobre esa reforma de 1994 y la Asamblea Legislativa se separó del criterio. La Constitución Política obligaba a que fuesen 38 diputados los que aprobaran la ley, pero esto se realizó en una comisión plena (con 19 diputados).