La Procuraduría de la Ética Pública anunció que se convertirá en querellante y demandará civilmente al presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada y al exministro de la Presidencia y diputado Víctor Morales Mora, por el caso de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD), en la que supuestamente se manejarían datos restringidos y sensibles de los ciudadanos.
En un comunicado de prensa emitido este jueves por la entidad, se detalló que dentro del plazo de ley se estarán presentando los escritos correspondientes.
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La reacción de la Procuraduría se produjo luego de que el pasado 1.° de febrero recibieran una comunicación de la Fiscalía General de la República en la cual se les informaba de que se había presentado una formal acusación, unido a una petición para que se eleve a juicio la investigación contenida en el expediente 22-000006-0033-PE, (Testimonio de Piezas), en el cual Alvarado y Morales figuran como imputados en el delito de prevaricato, en concurso ideal con un delito de fraude de ley y otro más de abuso de autoridad.
El prevaricato es un delito regulado en el artículo 357 del Código Penal, y establece que “se impondrá prisión de dos a seis años al funcionario judicial o administrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos”.
En la acusación, el fiscal general a. i., Warner Molina, solicitó que se traslade la petición a la Asamblea Legislativa, para que los diputados evalúen levantar la inmunidad tanto de Alvarado como de Morales.
La acusación sostiene que el decreto de creación de la UPAD no se ajustó a los procedimientos adecuados, pues “no fue remitido al Departamento de Leyes y Decretos, con el fin de analizar su procedencia, cuadro fáctico y legalidad, lo cual permitiera que el Decreto Ejecutivo no entrara en vigencia”.
Además, la investigación se apoya en el expediente legislativo 21.818, bajo el cual la Comisión Especial Investigadora de la Asamblea Legislativa estimó que el decreto no contó con la aprobación del Ministerio de Planificación (Mideplán).
“Resulta claro que por medio de dicho acto administrativo ambos imputados precedieron a imponer a la Administración Pública Central y Descentralizada la obligación de permitir información confidencial que requiriera la UPAD, con el fin de generar política pública”, detalla el documento firmado por Molina.
Para el fiscal, este accionar es contrario a la Ley de “Protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales”, que prohíbe la trasferencia de datos personales, y lo permite solo en casos excepcionales.
El fiscal Molina señaló que la Constitución Política establece que solamente la Asamblea Legislativa puede aprobar una norma que imponga límites al derecho de autodeterminación informativa. “Existe un impedimento de normar por vía de decreto la materia referente al acceso de la información restringida, así como el derecho de los habitantes a la autodeterminación informativa”, puntualizó.
En el caso figuran como testigos 12 personas, entre ellas, la defensora de los Habitantes, Catalina Crespo; el abogado Juan Diego Castro; el exfiscal Francisco Dall’Anese; el jefe del Departamento de Leyes y Decretos de Casa Presidencial, Fred Montoya, y la jefa del Departamento de Asesoría Jurídica de Casa Presidencia, Marisol Bolaños.
Por estos mismos hechos también se investiga a Luis Daniel Soto Castro, quien para ese momento fungía como ministro a. i. de Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán), no obstante, él enfrenta una causa separada.