Un proyecto de ley que busca facilitar que más procesos judiciales sean resueltos por medio de la conciliación recibió el respaldo de la Corte Plena, la mañana de este lunes.
Esta propuesta, presentada por el Poder Ejecutivo el 4 de marzo del 2022, permitiría abaratar costos de los procesos y además disminuir la mora judicial, pues los asuntos se resolverían más rápidamente, según expusieron los magistrados.
Al mismo tiempo, la Corte determinó que el plan sí afectaría el funcionamiento del Poder Judicial y, por lo tanto, requerirá 38 votos para su aprobación en la Asamblea Legislativa.
Se trata del expediente 22.936, el cual propone añadir un artículo a la Ley Orgánica del Poder Judicial para que los usuarios tengan derecho a solicitar, en cualquier fase del proceso judicial, la aplicación de una medida alterna y evitar la espera que conlleva la vía regular, siempre que el proceso esté en una etapa que lo permita.
Esto no se aplicaría para materia penal, penal juvenil, tránsito y contravencional, pero sí para asuntos patrimoniales, siempre y cuando exista la voluntad manifiesta de las personas. Por ejemplo, problemas en la ejecución del contrato en la construcción de una casa.
El proyecto fue expuesto este lunes por la magistrada de la Sala Tercera Patricia Solano. Aunque la Corte ya se había referido positivamente a este plan, la Comisión de Asuntos Jurídicos del Congreso aprobó un texto sustitutivo el 26 de setiembre, por lo que los altos jueces debían revisar esta nueva versión.

Según la exposición de motivos de la iniciativa, esta “tiene como objetivo primordial promover un mayor uso de los medios alternativos frente al proceso judicial ordinario, caracterizado por la contención entre las partes. Va orientada a educar en el uso de procesos colaborativos, sin descuidar la necesidad de la mejora continua de los procesos judiciales bajo el régimen tradicional”.
En caso de que las partes quieran conciliar, podrán solicitar una suspensión del proceso “por un periodo razonable determinado por la autoridad jurisdiccional”, para determinar las condiciones de una posible conciliación. Dicha suspensión interrumpirá todos los plazos de prescripción e impedirá el inicio del cómputo de la caducidad.
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Además, los jueces estarían obligados a instar las medidas alternas en cualquier etapa del proceso en que la ley lo permita.
Todos estos expedientes pasarían al Centro de Resolución Alternativa de Conflictos del Poder Judicial, el cual sería conocido por sus siglas como Centro RAC. Este órgano actualmente se llama Centro de Conciliación del Poder Judicial, y su existencia aún no está establecida por ley.
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Según el texto, los jueces del Centro RAC “tendrán plena competencia para actuar en todas las materias e instancias, salvo norma expresa en contrario, de manera anticipada o en cualquier etapa del proceso judicial, así como para actuar en cualquier parte del territorio nacional”.
Proyecto de ley es ‘histórico’
El magistrado de la Sala Tercera Gerardo Rubén Alfaro afirmó que actualmente solo el 5,2% de los asuntos judiciales se resuelven mediante medidas alternas, y aumentar ese porcentaje les permitiría destinar más recursos a la solución de procesos más complejos.
“Hay estudios serios de Planificación que nos dicen que un proceso que en el Poder Judicial se sigue por la vía ordinaria es un 80% más caro que un proceso que termina con conciliación, en etapas tempranas del procedimiento. Un 80% más barata es la justicia alternativa que la ordinaria”, detalló Alfaro.
Por su parte, la magistrada de la Sala Primera Iris Rocío Rojas explicó que este plan les da a las partes la posibilidad de recibir asistencia gratuita de jueces especializados, mientras concilian su conflicto.
“Esto me emociona muchísimo, porque es histórico. Le estamos ofreciendo al país que las partes se adueñen de su conflicto y con una guía puedan resolverlo sin esperar los plazos de mora que tiene este Poder Judicial”, señaló Rojas.
La magistrada agregó que la iniciativa no requiere recursos adicionales, porque el Poder Judicial evitaría el gasto de enfrentar los procesos por la vía ordinaria, a lo largo de los años.
Más tarde en la sesión, los magistrados escucharon la exposición del magistrado de la Sala Tercera Jesús Ramírez sobre otro proyecto destinado a disminuir la mora judicial.
Se trata del expediente 23.222, el cual propone tres cambios al Código Procesal Penal.
Primero, plantea que un juicio se deba reiniciar en caso de que se suspenda por más de 10 días; segundo, que a los jueces se les procese por incumplimiento de deberes si, al cierre del debate, no pasan inmediatamente a la etapa de deliberación; y, tercero, que la lectura de la parte dispositiva de la sentencia no se pueda posponer y se deba realizar inmediatamente después de la deliberación. En caso contrario, se les atribuiría incumplimiento de deberes a los jueces infractores.
Sin mayor discusión, la Corte Plena aprobó el informe de Ramírez y determinó que el plan, presentado por el Partido Liberal Progresista, sí afecta el funcionamiento del Poder Judicial, por lo que también requerirá los votos de 38 diputados para convertirse en ley.