La resolución fue unánime, contundente y definitiva: la Sala IV declaró el martes inconstitucional la colegiación obligatoria de periodistas. A partir de ahora, la búsqueda y difusión de informaciones --una de las esencias del periodismo, pero también de la libertad ciudadana-- no estará regulada por una corporación profesional cerrada; podrá ser ejercida por cualquier persona, como ocurre casi en la totalidad de los países democráticos del mundo.
La Sala Constitucional aún no ha divulgado la parte argumental de su resolución, que se produjo ante la acción interpuesta el 20 de mayo de 1990 por el ciudadano Róger Ajún Blanco. Sin embargo, por lo que se conoce hasta el momento, estuvo fundamentada en la opinión consultiva sobre el tema que, el 23 de noviembre de 1985, emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a solicitud del Gobierno de Costa Rica. En ella se dispuso, por unanimidad, que la Ley Orgánica del Colegio de Periodistas, "en cuanto impide a ciertas personas el pertenecer al Colegio de Periodistas, y, por consiguiente, el uso pleno de los medios de comunicación social como vehículo para expresarse y transmitir informaciones, es incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos".
Celebramos la decisión de la Sala IV porque es un avance de la libertad que también podrá contribuir a mejorar aún más la calidad de nuestro periodismo.
Para aquilatar la resolución, es bueno recordar que la colegiación obligatoria de periodistas no existe en casi ningún país. Ello no ha impedido, sin embargo, un gran desarrollo --técnico, profesional y ético-- del periodismo en naciones tan disímiles como Estados Unidos, Francia, India o Argentina.
La desaparición de la obligatoriedad, lejos de ir contra la calidad del periodismo, obligará a todos los que estamos en él a superarnos más porque la competencia profesional será mayor.
El desafío estará en el lado de la excelencia y la apertura, no en el de la mediocridad y el control. Si, a partir de ahora, los medios de comunicación están en libertad de contratar como periodistas a quienes deseen, esto no implicará tampoco una invasión de inexperiencia. Lo que se abre es una mayor gama de opciones para buscar al personal más capacitado, y en ese proceso de elección siempre estarán en primera línea los periodistas bien formados, activos y con deseos de superación.
Por todo lo anterior, la ansiedad sobre el futuro del periodismo costarricense --como función social y carrera-- es injustificada. También lo es el argumento de que con la resolución de la Sala IV desaparecerá el control ético sobre la profesión. El Colegio nunca ha sido un factor activo y lúcido en este campo; además, la ética periodística se garantiza mucho mejor a partir de los controles internos de los medios responsables, de la buena formación académica, de las exigencias sociales, de las normas aceptadas por la profesión y de la existencia de tribunales competentes en el país.
Si a todo lo anterior se añade la urgencia de flexibilidad, preparación constante y apertura creadas con la extraordinaria explosión de la informática, se comprenderá mejor aún por qué la decisión de la Sala Constitucional reúne lo mejor de dos mundos: un fuerte soporte para la libertad ciudadana y un enérgico impulso al buen periodismo y la modernidad.