La Sala Constitucional no encontró vicio alguno, de forma o fondo, en la limitación a la reelección de los alcaldes aprobada por la fructífera Asamblea Legislativa del cuatrienio pasado. En particular, refrendó la prohibición de aspirar a otros cargos municipales luego de cumplir ocho años consecutivos a la cabeza del gobierno local.
Esa última prohibición es de capital importancia para evitar los gobiernos a la sombra de influyentes personalidades locales después de ejercer la alcaldía durante dos períodos. La realidad de la política municipal demuestra la facilidad con que es posible enquistarse y perpetuarse en los círculos de poder cantonales.
En adelante, los alcaldes podrán reelegirse una sola vez y pasado su segundo período de servicio deberán abandonar el gobierno local durante ocho años. Muchos conservarán influencia a fuerza del apoyo consolidado en diversos sectores, pero no podrán ejercer el poder formal en ningún nivel del gobierno local.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) se manifestó de acuerdo con el límite a la reelección, pero no con la imposibilidad de aspirar a otros cargos municipales. Esa objeción la aprovecharon algunos alcaldes para recordar a la Sala la prohibición constitucional de aprobar, seis meses antes y cuatro después de unos comicios, normas electorales objetadas por el TSE.
Los magistrados no cayeron en la red, cuyo evidente propósito era descarrilar la reforma. La ley fue aprobada en medio de un proceso electoral nacional, pero a muchos meses de la celebración de las próximas elecciones municipales en el 2024. El sentido de la previsión constitucional es impedir una reforma de último minuto capaz de afectar un proceso electoral o sus resultados, pero la limitación de la reelección en las alcaldías no podía alterar el proceso nacional y estaba totalmente fuera de los plazos fijados en relación con los próximos comicios municipales.
Los magistrados también encontraron conforme con la Constitución la prohibición de reelegirse impuesta a los alcaldes con dos períodos de ejercicio en la actualidad. En ese caso se ensayó el argumento de la aplicación retroactiva de la ley cuando más bien sus disposiciones regulan el futuro. A nadie se le cuestionó la legalidad de su última elección.
Los esfuerzos desplegados para impedir la reforma incluyeron manifestaciones de alcaldes frente a la Asamblea Legislativa y hasta el intento de utilizar recursos públicos para financiar acciones ante la Sala Constitucional. El cambio no fue fácil de lograr. Por el contrario, la única razón del éxito de este intento, luego de varios fracasos, fue el escándalo Diamante.
La reforma es trascendental para el perfeccionamiento de la democracia, el debilitamiento de los cacicazgos, la atenuación del clientelismo y el freno a la corrupción producto de la permanencia demasiado prolongada en el poder. La enmienda gozaba de apoyo entre los ciudadanos, y hasta los observadores internacionales la señalaban como una oportunidad para profundizar la democracia, pero los principales partidos políticos, temerosos de perder el apoyo de “sus” alcaldes en las justas electorales, nunca se comprometieron con el cambio antes de la conmoción del caso Diamante.
Esa misma influencia encaminó a los partidos políticos hacia la “municipalización”, en detrimento de la atención requerida por los asuntos nacionales, impulsó una absurda enmienda constitucional para transferir a las alcaldías, en la práctica, más de la mitad del presupuesto del gobierno, logró la transferencia de fondos del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) a los gobiernos locales y los eximió de la regla fiscal. Todavía hoy se manifiesta en el intento de impedir la vigencia de la nueva ley de contratación, que obliga a utilizar el sistema unificado de compras públicas y en la pretensión de excluir a los concejos de la ley para el manejo eficiente de la liquidez del Estado.
Con la limitación impuesta a la reelección se le podría poner coto, también, a la exagerada influencia de la política local sobre la nacional. Quizás sea una oportunidad para recuperar el terreno perdido por los partidos e impulsar los cambios necesarios para ordenar el Estado y abrir la puerta a nuevos actores políticos.
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46 alcaldes o exalcaldes no podrán participar en las próximas elecciones, entre estos, Alfredo Córdoba (San Carlos), Alberto Cole (Osa), Johnny Araya (San José), Néstor Mattis (Limón), Nixon Ureña (San Ramón), Carlos Viales (Corredores), José Manuel Ulate (Heredia) y Verny Valerio (San Rafael).