Columnistas

Entre líneas: Expresiones odiosas

Si la garantía del derecho a la libertad de expresión se extiende a manifestaciones tan deleznables como negar el monstruoso Holocausto, el ejercicio más valioso y útil del debate público está a buen resguardo.

Armando González, página 15, columnista
Armando González, página 15, columnista

“Los malos casos hacen buena ley”, dicen los defensores de la libertad de expresión en Estados Unidos. En el sistema de precedentes jurisprudenciales, el significado de la frase es claro. Cuando fallan un caso, los jueces establecen criterios aplicables en el futuro y en las Cortes inferiores. Si la Corte Suprema establece la necesidad de probar dolo para acreditar la responsabilidad de un informador acusado de difamación, esa será la ley y los jueces deberán aplicarla, como sucede desde 1964 cuando el caso New York Times Co. vs. Sullivan estableció la doctrina de la real malicia.

Los casos extremos y hasta odiosos ayudan a establecer los mejores precedentes porque una sentencia, una ley y una sociedad tolerantes de expresiones repudiables protegerán, con mayor razón y amplitud, las manifestaciones indispensables para mantener la democracia y los derechos individuales.

En Brandenberg vs. Ohio (1969) la Corte Suprema anuló la condena contra un miembro del Ku Klux Klan, descollante entre las organizaciones detestables, y estableció la imposibilidad de suprimir manifestaciones si no son aptas para producir “inminente acción ilícita”. Caso contrario, la protección de la libre expresión se extiende hasta el lenguaje apologético de la violencia.

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