Los dueños de concesiones o placas de taxi pueden contratar choferes para que manejen sus unidades, siempre que ellos cumplan con al menos brindar el servicio ocho horas al día. Así lo aclaró el director del Consejo de Transporte Público, Manuel Vega Villalobos, luego de que un criterio reciente de la Procuraduría General de la República generara inquietud entre los taxistas.
Vega indicó que la consulta que se hizo a la Procuraduría iba relacionada con la gestión de trámites ante el consejo, que en muchos casos se pretenden realizar por medio de poderes y otros documentos de autorización.
Sin embargo, entre sus respuestas la PGR indicó: “En virtud del carácter personalísimo de la concesión y del permiso de operación, nadie más que quien ostenta la condición de concesionario o permisionario puede en principio explotar el servicio público de taxi en sus respectivas modalidades, salvo en aquellos supuestos en que la legislación permite la transmisión o la cesión de ese derecho a un tercero”.
Actualmente en el país hay habilitadas 11.800 concesiones para el servicio de taxi. (Jose Cordero)
Sin embargo, el director del CTP aseguró que dicha posibilidad está normada por reglamento y faculta a los propietarios a contratar a una persona, siempre y cuando se cumpla el horario indicado y además se debe solicitar el permiso ante el Consejo y cumplir una serie de requisitos. El director del CTP añadió que a raíz de lo ocurrido, sería necesario pedir una nueva aclaración a la PGR.
A pesar de los requisitos mencionados, el director del CTP reconoció que en muchos casos los dueños de las placas no conducen el taxi en ningún momento y tampoco gestionan los debidos permisos. Incluso, estima que esta fue una de las razones por las que pocos han querido trabajar utilizando la aplicación Batsë, lanzada el año pasado, pues en esta los conductores deben notificar el inicio y fin de su jornada y los usuarios pueden verificar si efectivamente el dueño de la placa es quien anda manejando la unidad cuando pide el servicio.
Por su parte, Rubén Vargas, Secretario General de la Unión de Taxistas Costarricenses UTC, aseguró que si bien la concesión es personalísima, no se debe confundir esta con el bien mueble que en este caso es el vehículo con el que se presta el servicio.
“El reglamento de taxis sí habla de la prestación del servicio por parte de un tercero, vienen partes que eximen la conducción, un dictamen de la Procuraduría no puede pasar sobre la ley (...)Yo lo veo oscuro (el criterio de la PGR), hay mucha gente que me ha llamado asustada que van a tener que quitar el chofer”, dijo Vargas.
El líder de los taxistas recordó que la ley también faculta la conducción de un tercero en casos donde el dueño de la concesión es adulto mayor o presenta alguna discapacidad, o bien en aquellos casos donde la placa es heredada por hijos o viudas que no cuentan con los requisitos para brindar el servicio.
Actualmente en el país hay habilitadas 11.800 concesiones para el servicio de taxi.