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Comercios pueden negar entrada a clientes sin mascarilla

Decreto no cambió potestad amparada en libertad de comercio establecida en la Constitución Política. No se puede considerar medida discriminatoria

JOHN DURAN
Los locales comerciales solo tienen que colocar avisos como este para que sus clientes conozcan la aplicación de la medida. (JOHN DURAN)

Cualquier establecimiento comercial, ya sea un restaurante, una tienda de ropa, cine, bar o ferretería puede reservarse el derecho de admisión con aquellos clientes que no se pongan mascarilla a la hora de ingresar al local, a pesar del decreto publicado el 11 de mayo que elimina la obligatoriedad de los tapabocas en sitios cerrados, como mecanismo para evitar la covid-19.

Este es el criterio de abogados especializados, como el constitucionalista Marvin Carvajal, para quien el decreto del presidente Rodrigo Chaves únicamente protege la libertad de la persona de elegir si se pone o no el tapabocas, pero no elimina el derecho de los dueños de negocios de reservarse la admisión a sus establecimientos, en este caso, por ejemplo, impedir el ingreso de personas sin dispositivos con el fin de resguardar la salud de sus demás clientes e incluso de los propios trabajadores.

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