El reconocimiento de la primera unión de hecho gay en el país no despeja el camino para el resto de parejas del mismo sexo que pretendan esta garantía.
La Sala Constitucional tiene pendiente resolver una acción que aclararía si realmente la reforma a la Ley de la Persona Joven, aprobada en julio del 2013, abre el portillo en ese tema.
La gestión exige otorgar un trato igualitario a las parejas del mismo sexo en las uniones de hecho, sin tomar en cuenta si son o no mayores de 35 años (límite para ser considerado joven).
Esta fue la petición que hizo un ciudadano en la acción presentada en enero del 2014, luego de aprobarse, en el 2013, la reforma que abriría el portillo para realizar dicho reconocimiento.
En el inciso 4 de la Ley de la Persona Joven se incluyó un texto que reconoce las uniones de hecho “sin discriminación contraria a la dignidad humana”.
“La sentencia del juez de Goicoechea no es aplicable para el resto de parejas del país. No se puede prever lo que ocurrirá en otros juzgados”, dijo Vilma Alpízar, abogada y catedrática en Derecho de Familia.
Reconocer una unión de hecho garantiza a los interesados el cumplimiento de derechos como protección a bienes de la pareja y la toma de decisiones médicas en caso de que el otro no pueda.
El líder del Movimiento Diversidad, Marco Castillo, aplaudió la decisión del juez de Goicoechea, por reconocer la unión entre Cristian Zamora y Gerald Castro. Sin embargo, señaló que hace falta resolver otros nueve casos pendientes, así como la acción de inconstitucionalidad.
“Esta sentencia es un triunfo, pero aún hay casos pendientes. Esperamos que sea un precedente para actuar en favor de los derechos humanos, sin discriminación alguna”, comentó Castillo.
Dudas. Debido a que la Sala Constitucional aún no ha resuelto la acción de inconstitucionalidad sobre la Ley de la Persona Joven, algunos abogados consideran que la sentencia del juez de Goicoechea podría ser inválida.
“Mientras la Sala no resuelva esa acción de inconstitucionalidad, el juez no podía utilizar esa ley para dictar sentencia. La Secretaría de la Corte o un juzgado penal la podrían declarar inválida y esta pareja podría demandar al Estado por daños”, afirmó el litigante Benjamín Gutiérrez.
La decisión del juzgado despertó oposición en sectores de la Iglesia católica y de diputados del bloque cristiano que rechazan la decisión del Juzgado de Familia.
El abogado de la pareja, Luis Álvarez, indicó que ningún tercero podría presentar una apelación a la sentencia por tratarse de un asunto de familia, en el cual las únicas partes involucradas son los miembros de la pareja.