Jonathan Prendas, diputado y coordinador del bloque fabricista Nueva República (PNR), fustigó la propuesta de Pilar Cisneros, diputada electa del Partido Progreso Social Democrático (PPSD), de llevar a referendo temas como el aborto y la eutanasia.
“Lamentamos la voluntad y desconocimiento de la nueva diputada por generar polarizaciones sociales”, declaró Prendas.
“Todos esos temas, por su complejidad, son reserva de ley. Nunca estaría dispuesto a llevar esos temas a una contienda social que podría generar más afectaciones que decisiones oportunas frente a una sociedad cada vez más pluricultural que se ve más expuesta a roces entre derechos humanos”, explicó el legislador.
“Reposo en el hecho de que la nueva Asamblea no caiga en esos errores”, continuó Prendas.
Cisneros aseguró que las decisiones sobre el aborto y la eutanasia deben ser sometidas a consulta popular, en vez de dejarlas en manos de los 57 diputados elegidos por los votantes; además, sostuvo que el matrimonio igualitario también debió resolverse por esa vía.
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“Hay temas que yo creo que la decisión debería estar en manos del pueblo. Caso concreto: la eutanasia. Casos concreto: aborto. O sea, esas son leyes, o perdón, no son leyes; esas son decisiones que básicamente tienen un enorme impacto social. Y yo no veo por qué va a ser un grupo de 57 diputados el que tiene que decidir cosas tan sensibles y tan importantes para la población costarricense, en lugar de decidirlo como un referéndum”, declaró la diputada electa del PPSD.
La jurisprudencia de la Sala Constitucional señala que los derechos fundamentales no pueden ser sometidos a referendo.
En agosto del 2010, los magistrados de la Sala IV, prohibieron la celebración de un referendo sobre uniones civiles entre personas del mismo sexo, al sentenciar que los derechos fundamentales y humanos no pueden reducirse o cercenarse ni siquiera mediante una reforma parcial de la Constitución Política, estableciendo que estos derechos no pueden ser sometidos a consulta popular.
La sentencia agregó que “los derechos de las minorías, por su carácter irrenunciable, constituyen un asunto eminentemente técnico-jurídico, que debe estar en manos del legislador ordinario y no de las mayorías proclives a su negación”.