La decisión del presidente Rodrigo Chaves de aumentar los salarios de sus ministros, aunque justificable en función de las relativamente bajas remuneraciones que perciben estos jerarcas respecto a sus funciones y responsabilidades, tiene aristas cuestionables desde la perspectiva jurídica, técnica y, sobre todo, desde la construcción de autoridad moral a la hora de imponer costos a ciertos sectores de la ciudadanía en el contexto del proceso de consolidación de las finanzas gubernamentales.
Es además, si se quiere, inoportuna en especial al no ser sensible y empática con una ciudadanía cuyas remuneraciones están perdiendo poder de compra con rapidez en el marco del repunte de las presiones inflacionarias.
La primera de las dudas es jurídica. De acuerdo con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, las remuneraciones totales de los jerarcas ministeriales no solo tienen un límite nominal absoluto (20 salarios base de la categoría más baja de la escala salarial gubernamental), sino que además, la regla fiscal en vigor prohíbe expresamente ajustes por costo de vida mientras la deuda como proporción del PIB sobrepase el 60%, supuesto que se cumple desde 2020 y se mantendrá durante varios años mientras el proceso de ajuste propicie una baja en dicha razón.
De esta forma, el decreto ejecutivo firmado esta semana – que en sus considerandos plantea expresamente como uno de los argumentos para el aumento el que las remuneraciones ministeriales no son ajustadas por costo de vida desde el último semestre de 2011 – podría ir en contra de dicha disposición legal.
La aparente omisión de no considerar en la decisión la regla fiscal puede tener graves consecuencias políticas para el proceso de consolidación de las finanzas gubernamentales emprendido años atrás. Aunque presupuestariamente los ajustes decretados no tienen implicaciones significativas, restan autoridad moral al Ejecutivo a la hora de defender la aplicación de la regla fiscal y la continuidad del proceso de ajuste en los presupuestos gubernamentales.
La regla fiscal en vigor – aunque imperfecta y muchas veces mal entendida y, por lo tanto, implementada, lo que la hace parecer más rígida de lo que realmente es – es hoy por hoy, el elemento clave sobre el que se sostiene, sin necesidad de mayores ajustes en la carga impositiva, el proceso en marcha de consolidación fiscal y ha estado sujeta, y lo estará mucho más en el futuro, a enormes presiones políticas para su modificación o para crear excepciones a ella por parte de la oposición política, de grupos de interés de diversos signos e incluso, de los mismos jerarcas ministeriales buscando crear espacios presupuestarios para sus proyectos.
Uno de esos elementos de tensión política es, en sí misma la materia salarial, pues desde 2020 las remuneraciones gubernamentales no han sufrido ajustes, en un contexto en el que, particularmente este año, las presiones inflacionarias han recrudecido.
En este contexto, el ajuste salarial ministerial resta autoridad moral al Ejecutivo para defender la regla fiscal de estas presiones crecientes y podría conducir a que se abra una caja de Pandora si los grupos e interés que pretenden reformarla logran crear el momento político para ello.
Esto podría, sin duda, debilitar el proceso de ajuste presupuestario en marcha y deteriorar la percepción de riesgo soberano y sobre todo el acceso a financiación externa, tan necesario hoy para enfrentar los shocks externos.
Aunque con una opinión pública hipersensible y con intereses políticos al acecho adoptar una decisión de este tipo siempre desatará polémica; quizás había un mejor momento – político y técnico – para hacerlo: el proceso de implementación de la Ley Marco de Empleo Público.
Dicha ley aprobada recientemente y que debe entrar en vigor antes de marzo de 2023, deberá incluir dentro de las columnas salariales para el Gobierno Central diseñadas por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán), salarios globales – sin pluses – para los cargos ministeriales que deberán basarse en criterios objetivos relacionados con sus responsabilidades y funciones y que, además, deberán guardar consistencia dentro del marco de las remuneraciones que perciben funcionarios en otras categorías dentro de dichas instituciones.
Sin duda, éste era el momento más idóneo para alinear las remuneraciones ministeriales de acuerdo con sus funciones y responsabilidades, respetando los principios que la ley establece a la hora de determinar los salarios de los funcionarios públicos, procurando consistencia y justicia en dichas escalas de remuneración y sobre todo haciéndolo de una manera más transparente en el marco de una reforma profunda.