La muerte de Allison Bonilla Vásquez, joven ultimada la noche del 4 de marzo del 2020 cuando estaba por llegar a su casa en Paraíso de Cartago, podría volver de nuevo a los estrados judiciales, pues la Sala Tercera del Poder Judicial anuló esta semana una resolución que prácticamente daba ese caso por cerrado.
El 18 de agosto del año pasado el Tribunal de Juicio de Cartago le impuso a Nelson Enrique Sánchez Ureña, alias Sukia, una pena de 18 años de cárcel por asesinar a la estudiante de 19 años, lo anterior pese a que la defensa de la familia de Allison y la Fiscalía pedían una pena de hasta 35 años de prisión, por considerar que se trató de un homicidio calificado y no simple, como por unanimidad lo decidieron los jueces.
La familia de la víctima objetó el fallo, pero en noviembre del año pasado el Tribunal de Apelación rechazó los reclamos y mantuvo la sentencia como homicidio simple. Posteriormente el caso se elevó a Casación, donde los magistrados anularon lo resuelto por el Tribunal de Apelación.
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Ahora lo que sigue es que un nuevo tribunal de apelaciones vuelva a resolver sobre el reclamo que interpuso la defensa de Yendry Vásquez, madre de Allison, de modo que podría ordenarse un nuevo juicio o recalificarse de una vez como homicidio agravado el hecho y ordenar que se revise la pena impuesta.
Según el abogado que defiende a la familia de la víctima, Rodrigo Araya, mediante el voto N.° 580 -2022 de la Sala Tercera, del pasado 3 de julio, se ordenó que el expediente se remita a un nuevo Tribunal de Apelación de Cartago. Insiste en que hubo un error por parte de los jueces que de manera unánime impusieron solo 18 años contra Sánchez.
“Estamos complacidos por esta decisión de la Sala Tercera y estamos esperanzados de que ahora sí el Tribunal de Apelaciones de Cartago resuelva que este crimen fue alevoso, calificado y que por lo tanto el asesino de la joven no merece una pena de 18 años, sino, como lo hemos solicitado desde un inicio, de 35 años”, afirmó.
El día de la sentencia, el juez Franklin Ramírez Montero detalló que “el Tribunal no comparte que haya alevosía, porque considera que no se reúnen elementos objetivos y subjetivos para considerar que la conducta que se realizó en este caso, que si bien fue con extrema crueldad y violencia, llene las características de la alevosía”.
De igual manera, fue imposible, por falta de pruebas, condenar a Sánchez por un ataque sexual, debido a que el hallazgo de los restos ocurrió más de seis meses después ( el 27 de setiembre del 2020) en un botadero clandestino ubicado en San Jerónimo de Cachí, en Paraíso, Cartago.