Según la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, exigir un aporte solidario del 50% a los pensionados de lujo es inconstitucional. La medida sería confiscatoria, dijo la magistrada Zarela Villanueva a la comisión legislativa encargada de estudiar la reforma. El tema pronto será resuelto por los magistrados de la Sala Constitucional, beneficiarios directos del injusto sistema de pensiones.
Los propios magistrados reconocieron la inconveniencia de pronunciarse sobre la materia en el 2014. Nancy Hernández, Ernesto Jinesta, Fernando Cruz y Gilbert Armijo plantearon una inhibitoria, que les fue rechazada. La Corte exigió a los beneficiarios juzgar sobre su régimen de pensiones.
Probablemente, la aceptación de la inhibitoria no habría resuelto el problema, porque muchos magistrados suplentes también son funcionarios judiciales. No parece haber salida, y si llegara a producirse una resolución apegada a los criterios adelantados por la presidenta de la Corte en nombre de todos los magistrados, la burocracia y la clase política nacional habrán demostrado su formidable capacidad de defender los privilegios que en su momento se otorgaron a sí mismos.
La Corte será Suprema, pero lo de Justicia estará por verse. Los privilegios de los funcionarios judiciales son una carga para el resto del país, cuyos beneficios de jubilación son considerablemente más modestos. La Corte dice estar dispuesta a sacrificarse y eliminar las pensiones hasta de ¢9 millones para imponer un límite hasta de ¢7 millones. Llevarlas a ¢4,7 millones, como proponen los diputados, les parece confiscatorio, irracional, desproporcionado e inconstitucional a los administradores de justicia.
La protesta da risa cuando se comparan los ¢7 milloncejos defendidos por la Corte, o los ¢4,7 millones propuestos por los diputados, con los 1,5 millones pagados como máximo por el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social. ¡El ajuste rechazado por los magistrados es más de tres veces y media superior al máximo del IVM!
Pero el IVM es para los mortales. Ese es el régimen de la inmensa mayoría de trabajadores del país, cuya obligación, al parecer, es cobrar pensiones mucho más modestas y contribuir en silencio a mantener las jubilaciones de lujo del Poder Judicial.
Los magistrados deben comprender la delicadeza de la situación y sus repercusiones futuras. Supongamos una sentencia que declare inconstitucionales los límites propuestos por los diputados, tildándolos de desproporcionados, irracionales y confiscatorios. ¿Cómo resolverán los magistrados un recurso, por los mismos motivos, contra el tope máximo impuestos a las pensiones del IVM?
Supongamos, también, el caso de un cotizante cuyo salario sea igual o superior al de un magistrado. Actuarialmente, tendría derecho a una jubilación muy superior al límite del IVM, pero la Caja ofrece pagarle ¢1,5 millones. El pensionado acude a la Sala Constitucional con el precedente de las pensiones del Poder Judicial y alega que en su caso la desproporción y el carácter confiscatorio del límite impuesto a la jubilación es mucho peor, porque recibirá todavía menos del 50% de la pensión a la cual tiene derecho. Además, acreditará que las cotizaciones salieron de su bolsillo y el de su patrono, sin las ayudas especiales del Estado al régimen del Poder Judicial. Tampoco se jubilará joven, como sucede en la Corte.
¿Por qué es inconstitucional, desproporcionado e irracional el aporte solidario del 50% en el caso de los pensionados de lujo, pero no en el caso de las jubilaciones del IVM? ¿Por qué están los magistrados exentos del mismo deber de solidaridad impuesto a los jubilados del IVM? Si la presidenta de la Corte respondiera coherentemente esas preguntas, la posición del Poder Judicial se parecería menos a la defensa a ultranza de un odioso privilegio.
Esa defensa, por otra parte, exige cuidar los intereses de los demás pensionados de lujo, comprometer las finanzas del Estado, alimentar odiosas desigualdades y proyectar sombras sobre la Corte Suprema de Justicia.