El país necesita regular la actividad desplegada por individuos y organizaciones para influir en las decisiones de funcionarios en todos los niveles de la administración y en todos los poderes de la República. No se trata del tráfico de influencias, ya regulado por ley aunque urgido de mejor normativa.
Las prohibiciones e incompatibilidades por parentesco y otras circunstancias también están normadas. Lo urgente es regular la lícita actividad del lobby (cabildeo) porque nada es tan fácil como cruzar la frontera entre la persuasión legal y la influencia indebida sobre un funcionario.
El mejor desinfectante es la luz del sol, dicen los abogados de la transparencia en la función pública. La ley no debe impedir el contacto entre los grupos de interés y los encargados de tomar decisiones, pero sí debe transparentarlo. El punto de partida es una definición eficaz de la actividad regulada, la obligación de inscribirse en un registro de representantes de intereses específicos y la consagración del principio de publicidad del cabildeo.
La idea no es exigir libre acceso a las reuniones entre cabilderos y funcionarios, pero sí dar cuenta de su celebración, así como del motivo. La omisión de informar debe ser castigada con rigor, precisamente porque es difícil asegurar el cumplimiento de las normas descritas y solo el rigor del castigo puede tener un efecto de disuasión.
El país debe saber quiénes están interesados en adoptar o descarrilar determinada política pública y quiénes les están prestando oídos, se trate de iniciativas incontrovertibles o de otras menos justificadas. Los cabilderos, por su cuenta, no deben estar exentos del examen de sus actos y motivaciones. La ley, por supuesto, debe regular las cortesías y regalos, tanto por el lado del oferente como del receptor. Hay provisiones en otros cuerpos normativos, pero no está de más incluir definiciones en el marco específico del cabildeo.
La vecindad entre otras prohibiciones y las faltas en que pueden incurrir los cabilderos son, precisamente, el motivo de las observaciones hechas por la Contraloría General de la República a un proyecto de ley recientemente dictaminado para regular la materia. Los técnicos de la Contraloría temen que, por exclusión, la nueva ley deje impunes conductas inaceptables. Bienvenidas las iniciativas para regular el cabildeo, pero deben acompañarse del reconocimiento de la complejidad del asunto y la necesidad de regularlo con precisión.
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Armando González es editor general del Grupo Nación y director de La Nación.