En junio de este año, un panel de expertos independientes —conformado por 12 reconocidos juristas en los ámbitos del derecho penal, ambiental y climático—, con el apoyo de la fundación Stop Ecocide, presentó un borrador ante la Corte Penal Internacional, con sede en La Haya, Países Bajos, para que el ecocidio sea incluido como delito en el Estatuto de Roma. La palabra «ecocidio» se forma mediante la combinación del elemento «oikos», del griego hogar o hábitat, con el sufijo «-cidio», es decir, la acción de matar.
Uno de los expertos del panel, el abogado británico Philippe Sands, explica en varias entrevistas que ha existido mucho debate en torno a la idea de que el medioambiente deje de ser una herramienta para alcanzar el bienestar general y pase a convertirse en un fin en sí mismo, al que hay que proteger.
Según Sands, para dar ese salto, es necesario superar el «enfoque antropocéntrico» imperante, con el objetivo de salvaguardar el medioambiente por lo que es y no por lo que podemos obtener de él.
«Anima mundi»
Muchas civilizaciones antiguas y pueblos indígenas de hoy conciben a los seres humanos como guardianes del universo y no como «dueños y señores de todo lo creado». Las personas no dominan la naturaleza, sino que dialogan con ella para aprovechar sus recursos. Por ejemplo, en la cosmovisión maya —recogida principalmente en los textos del Popol Vuh, los libros del Chilam Balam y el Ritual de los Bacabes—, el cuerpo humano es una reproducción a escala del cosmos.
Las personas, las plantas, los árboles, las montañas, los animales, los minerales, el agua, el aire, los astros, el fuego y todo lo que se manifiesta en ese cosmos conforman un territorio unificado y sagrado. Cada uno de estos elementos, dotado de alma y corazón, desempeña un papel que solo puede comprenderse en relación con los otros. En el cosmos maya nadie predomina: todas las manifestaciones forman parte de un espacio coherente e interconectado.
Aunque el panel no propone una vuelta al pensamiento ancestral para atender la emergencia climática actual, otorga al medioambiente la categoría de sujeto de derecho internacional, en vista de que las normas nacionales e internacionales actuales destinadas a protegerlo son insuficientes, por lo que se necesitan esfuerzos adicionales.
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El delito
Para efectos jurídicos, ecocidio se definiría como «cualquier acto ilícito o arbitrario perpetrado a sabiendas de que existe una probabilidad sustancial de que cause daños graves que sean extensos o duraderos al medioambiente». Por «medioambiente» se entiende la tierra, su biosfera, criosfera, litosfera, hidrosfera y atmósfera, así como el espacio ultraterrestre.
La propuesta del panel, disponible en el sitio electrónico www.stopecocide.org, también precisa cada uno de los elementos que conforman el delito, es decir, qué se entendería por «arbitrario», «grave», «extenso» o «duradero».
De igual forma, establece dos requisitos para que la conducta sea prohibida: que cause daños graves, extensos o duraderos al medioambiente y que se presenten pruebas de que los actos sean ilícitos o arbitrarios. A partir de aquí, el fiscal tendría que demostrar la probabilidad sustancial de que unas acciones u omisiones ilícitas o arbitrarias causan daños graves, que serán extensos o duraderos.
En relación con la culpabilidad por el crimen, esta está vinculada a la creación de una situación de peligro más que a un resultado en particular. Esto quiere decir que el daño, como tal, no debe necesariamente materializarse para estar frente a un delito de ecocidio. Además, esos daños podrán ser naturales, económicos y culturales, ya que también es urgente resguardar el patrimonio cultural inmaterial vinculado con el entorno natural y el universo.
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La viabilidad política
Probablemente con la intención de no caldear los ánimos antes de tiempo, los expertos del panel han sido precavidos en cuanto a la definición, tipificación y aplicación del potencial delito de ecocidio. Por ejemplo, la definición utiliza un «lenguaje jurídico familiar», basado en un delito ya existente, como el de causar daños graves al medioambiente en situaciones de conflicto armado. De igual manera, se inspira en el fondo y la forma del genocidio y de los crímenes de lesa humanidad que son parte del Estatuto de Roma.
Ahora bien, la propuesta no incluye una lista de supuestos o ejemplos concretos de lo que podría tipificarse como ecocidio, ni insiste en la idea de perseguir países ni grandes empresas multinacionales, pero sí personas concretas dentro de organizaciones o Estados. Tampoco contempla aspectos como la reparación y la retroactividad, este último en caso de que finalmente se enmendara el Estatuto.
Es innegable que todos estos elementos son de especial trascendencia para comprender mejor la dimensión y el alcance del futuro delito de ecocidio. Sin embargo, para que una propuesta de esta naturaleza sea viable desde el punto de vista político, se debe dejar margen de maniobra a los países en cuanto a la interpretación de las normas. Esta es una de las reglas de oro de las negociaciones internacionales, que se resume bastante bien en el refrán «lo perfecto es enemigo de lo bueno».
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Preguntas y más preguntas
Si bien el futuro de la propuesta y su horizonte temporal son desconocidos, es evidente que los delitos de ecocidio empeoran el escenario climático actual y futuro. Pero ¿hasta qué punto están dispuestos los 123 países que han ratificado el Estatuto de Roma, sus gobernantes y ciudadanos a asumir la responsabilidad por daños al medioambiente irreversibles e inducidos por la acción humana? ¿Qué posición asumirá Costa Rica en este debate? Nuestra clase política, ¿está a la altura de las circunstancias actuales? ¿Cuáles «lobbies» se pondrán en marcha en nuestro país a favor o en contra de la propuesta?
Por otra parte, los países que no han ratificado el Estatuto de Roma, como Estados Unidos, China, la India, Pakistán, Turquía, Israel y Rusia, ¿se mantendrán al margen? ¿Se sentirían aludidos o en peligro si el ecocidio se convierte en delito internacional? ¿Intentarán ralentizar, por otros medios, el proceso de negociación en La Haya?
Diplomacia climática
En cualquier caso, será necesaria una ardua labor diplomática para que el delito internacional de ecocidio finalmente vea la luz, así como muchísima negociación en lo interno de los países para construir el acuerdo más amplio posible en torno a una posición nacional con muchas aristas, incluso de corrupción y delincuencia organizada transnacional.
«La tierra también necesita un buen abogado». Ese fue el pensamiento que en el 2005 impulsó a la abogada escocesa Polly Higgins, ya fallecida, a liderar la lucha mundial en favor del delito de ecocidio.
Aunque murió sin alcanzar su objetivo, fue capaz de movilizar un potente coro de voces alrededor del mundo que, en el fondo, intenta protegernos de nosotros mismos. Con eso en mente, es posible que uno de los grandes méritos del panel sea el de que por fin comprendamos, en todos sus extremos, el conocido verso del Popol Vuh que reza «el que se hace enemigo de la tierra, se hace enemigo de su propio cuerpo».
La autora es especialista en asuntos públicos, relaciones internacionales y política pública.