Tribunal Constitucional consideró que alegatos no son de orden constitucional, sino de legalidad, por lo que se deben plantear ante otras instancias judiciales. FOD ya acudió a la vía contenciosa.
Tribunal Constitucional consideró que alegatos no son de orden constitucional, sino de legalidad, por lo que se deben plantear ante otras instancias judiciales. FOD ya acudió a la vía contenciosa.