La Sala Segunda anuló el despido de una funcionaria del Banco Central por motivos de “restructuración organizacional”.
Según los magistrados, la medida no obedeció a una reestructuración objetiva producto de la cual la plaza de la recurrente desaparecería, sino a un reexamen de sus aptitudes y habilidades conforme con nuevos estándares establecidos. Tal proceder no está autorizado por el constituyente.
“Es indiscutible el derecho de las demandadas a reestructurar la organización interna de sus puestos y los requerimientos personales para cada uno de ellos, mas no es válido que por ese medio se pueda permitir que quienes han accedido al derecho a la estabilidad, por contar al momento de su nombramiento con las habilidades y requisitos exigidos, puedan ser objeto de un nuevo examen, con criterios distintos, porque por ese medio se da al traste con el consabido principio de estabilidad”, detalló la Sala Segunda de la Corte Suprema.
En la sentencia 2010-000599 también se ordenó reinstalar a la mujer y pagarle los salarios caídos.
Relevancia. El especialista en Derecho Laboral Érick Briones Briones explicó que la resolución es novedosa y, aunque no crea jurisprudencia, marca un “importante” antecedente. Eso sí, advirtió que solo es relevante para la función pública, pues en el sector privado existen otras normativas .