
“Tengo el caso ganado”. Esa es la actitud con la que asumen muchos conductores los procesos legales por choques en carretera.
Sin embargo, ese exceso de confianza, desconocimiento de la materia de tránsito o hasta ingenuidad de los choferes, puede resultar muy desventajosa en los tribunales y salir cara.
Dueños de vehículos se exponen a quedarse sin la posibilidad de cobrar daños al responsable del choque por no presentar pruebas o testigos que confirmen su testimonio y demuestre la responsabilidad del otro.
Semejante omisión puede causar que los choferes inocentes tengan que asumir los costos totales de la reparación de su vehículo. En caso de tener póliza, tendrán que pagar el deducible con el riesgo de la penalización de su seguro con un aumento en la mensualidad.
Por esta razón, en los procesos de tránsito, todos los involucrados deben considerarse como imputados, y por lo tanto presentar pruebas de su inocencia y de la responsabilidad del otro.
Esta es la recomendación de Cristian Sánchez, juez coordinador del Juzgado de Tránsito de San José.
“Ofrecer pruebas es sumamente importante en esta materia. Poner una cámara, que ahora son más accesibles. Apuntar el nombre y número de testigos, si los hay. Eso al final de cuentas nos va a dar un sustento probatorio muy importante, porque si partimos del hecho de que todos tenemos una moral adecuada, las personas se harían responsables, pero eso no sucede regularmente”, explicó el funcionario.
Un caso muy claro que podría dar un giro en los tribunales por falta de prueba, es el de un conductor que irrespeta una luz roja del semáforo y colisiona el automotor que tenía el derecho de vía. En un principio, este último podría estar confiado de que el proceso se resolverá a su favor.
“Esa persona puede decir ‘diay no, yo no tuve la culpa, por consecuente deben condenar a la otra’. Pero resulta que el otro conductor es más espabilado, en el sentido negativo, entonces ofrece prueba o un testimonio falso. Eso puede enredar el asunto, y aquella persona en principio no se veía responsable de la colisión, se topa con la sorpresa de que quedaron absueltas las dos partes por un tema de duda”, explicó Sánchez.
En esos casos, los juzgadores deben acudir a la boleta de tránsito y al croquis que elaboran los oficiales, así como interrogar a las partes y testigos para intentar detectar inconsistencias en los testimonios.
Sin embargo, si la duda persiste, terminará absolviendo a las partes, o culpando a ambos por la colisión. De ser así, cada parte terminará asumiendo los costos de reparación de sus vehículos.
Otro ejemplo típico es el choque por detrás. Los conductores suelen pensar“el que pega por detrás paga”, pero estos juicios podrían volverse complejos y generar dudas en algunas circunstancias, por ejemplo, por condiciones del terreno.
“Aquí vienen y dicen ‘no, es que yo estaba detenido atrás pero este vehículo se fue en retroceso’, o que ‘no es que los vehículos estaban en pendiente y el carro del frente se vino para atrás y colisionó el mío’. Entonces son solo las versiones de las partes, y nosotros como jueces tenemos que analizar y pensar que es posible cualquiera de las dos versiones”, señaló el juez coordinador de San José.
Ante el choque de versiones, los jueces revisan el parte para verificar si había o no pendiente, y si persiste la duda, el fallo determinará que cada parte asuma los daños.
El juez coordinador explicó que los conductores no están obligados a ofrecer pruebas durante el proceso, sin embargo, a falta de elementos probatorios, “muchos procesos quedan en nada”.
Cobro
Otro de los aspectos que desconocen muchos conductores, es que una sentencia de tránsito en la que se condena a la otra parte a pagar los daños, no activa automáticamente el cobro al responsable.
Cuando esté la sentencia en firme, los involucrados podrán convenir un arreglo extrajudicial, de lo contrario el afectado tendrá que acudir a los tribunales civiles.
Si todavía no prospera el pago, muchos casos van a parar hasta los juzgados de cobro.
“Esto no es de ‘ya gané y me van a pagar’. En los tribunales civiles van a tener que ir a demostrar con facturas y documentación en qué daños incurrieron”, explicó el juez.
Este proceso es mucho más tranquilo para quienes cuentan con seguro.
En el caso de que ambos vehículos involucrados estén protegidos, la aseguradora del afectado le cobra a la empresa contratada por el responsable, quien podría ver su póliza penalizada.
Sin embargo, el proceso se vuelve mucho más complejo cuando el conductor responsable no tiene protección, pues la aseguradora le cobrará el costo total de la reparación del vehículo del afectado.
Además, el dueño del vehículo podría cobrarle el deducible que pagó para arreglar su medio de transporte.
Así lo explicó Grace Segura, encargada de la Dirección de Suscripción del Instituto Nacional de Seguros (INS).
“Con las sentencias condenatorias en firme, las aseguradoras pueden hacer un proceso de subrogación (en los tribunales civiles) o llegar a un arreglo de pago para cobrarle los daños indemnizados a nuestro cliente. Si la persona no quiere firmar ese finiquito, entonces procedemos con un cobro a nivel judicial”, afirmó Segura.
Solo en los primeros seis meses del año anterior, el Instituto Nacional de Seguros (INS) recuperó ¢522.500 millones mediante esos procesos.
De acuerdo con la funcionaria, esa es la importancia de tener algún tipo de póliza que cubra los daños a terceros en caso de accidentes.
“Este es un asunto de conciencia. Imagínese si usted le pega un poste de luz y viene el ICE a cobrarle ¢3 millones que vale la instalación eléctrica, o que usted le pegue a un carro carísimo y no tenga ni cómo repararlo, o en el peor de los casos, que provoque una lesión o muerte a otra persona”, afirmó Segura.
Si los conductores no tienen dinero para pagar mensualmente un seguro completo, las aseguradoras ofrecen otras opciones anuales o mensuales, a montos menores, que ofrecen coberturas hasta pot cierta cantidad de millones, para esos casos.