Los choferes que sean sorprendidos al volante en estado de ebriedad, tendrán que enfrentar una multa de ¢306.000.
Esa será la sanción económica a partir del 1.° de enero, cuando entre en vigor el ajuste en las multas de tránsito, clasificadas por gravedad en cinco tipos.
Los aumentos correspondientes al 4,95% y van de ¢1.000 a ¢13.000.
Otras infracciones que se castigarán con ¢306.000 son conducir con exceso de velocidad y hacer adelantamientos o giros en U en zonas prohibidas.
Hasta este 31 de diciembre, ese tipo de conductas se sanciona con ¢293.000.
Para aquellos conductores que incurran en faltas de menor categoría, como irrespetar la restricción vehicular, remolcar otro vehículo o a quien no porte implementos de seguridad, la sanción pasa de ¢20.000 a ¢22.000.
El aumento en el monto de las sanciones se define con base en el índice de precios al consumidor interanual (IPC), reportado al 30 de junio del 2014 por la Dirección General de Estadística y Censos.
Crear conciencia. Según dijo Mario Calderón, director de la Policía de Tránsito, el alza de las multas es proporcional al poder adquisitivo.
“No creo que a nadie le vaya a gustar pagar una multa de tránsito. El incremento tiene un estudio que lo respalda y por el cual se llegó al 4,95%”, señaló Calderón.
Lo más importante, dijo, es que las multas ayudan a crear conciencia en los conductores pues en el esfuerzo por evitar infracciones también se reducen los accidentes de tránsito.
Este año, al segundo fin de semana de noviembre, las muertes ocurridas en carretera llegaron a 297, cifra que superó las 292 registradas en todo el 2013 .
Datos del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) señalan el exceso de velocidad, la invasión de carril y la ebriedad como las principales causas.
La mayor cantidad de fallecidos en las carreteras, al menos entre enero y setiembre, eran motociclistas (54).
Multas altas. El aumento que regirá el próximo año aún no alcanza las sanciones que contenía la ley de tránsito que entró a regir en diciembre del 2008 , cuando las multas más altas eran de ¢360.000, más el 30% de recargo a favor del Patronato Nacional de la Infancia (PANI).
Ese castigo y muchos otros de sumas elevadas tuvieron una vida fugaz pues la Sala Constitucional los dejó sin efecto, por considerar que no se adecuaban al principio de “proporcionalidad y razonabilidad”.
La Asamblea Legislativa aprobó una nueva ley con multas más bajas en setiembre del 2012. Colaboró Steven Oviedo.