¿Dio la Aresep aval para el aporte a Soresco?
La ley no contempla el otorgar avales a los presupuestos de las empresas públicas.
”No se establece la obligación de Aresep de avalar la modificación de egresos, ni la obligación de Recope de requerirla”.
¿Es el aporte a Soresco parte de los costos de operación?
Los aportes de capital se clasifican contablemente en el balance de situación dentro de las partidas de activo; por la cual, los mismos no constituyen un gasto de operación de las empresas.
¿Era necesario solo el aval del Ministerio de Hacienda?
La única autorización que requería Recope para efectuar dichas erogaciones era la de la Autoridad Presupuestaria (del Ministerio de Hacienda), las cuales serían fiscalizadas por la Contraloría, de conformidad con su marco de competencias.
La Contraloría estableció que se debía contar con los avales de los entes supervisores. ¿Se mantiene dicho mandato?
En el marco del acuerdo de empresa conjunta suscrito quedaba bajo su absoluta responsabilidad (de Recope) contar con el disponible económico necesario.
¿El aporte en Soresco empeoró la situación financiera?
El aporte de capital a Soresco se realizó al amparo de un contrato para el desarrollo de un proyecto de inversión, razón por la cual no se trata de un gasto. El aporte de capital tiene por objeto desarrollar un activo productivo (inversión) en el mediano plazo.