:quality(70)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/gruponacion/2BHCKXRTMRDPVPKWGYKGJC4K4A.jpg)
El negocio de cáñamo y cannabis solo espera la redacción del reglamento. (Shutterstock)
Es fundamental que el Poder Ejecutivo trabaje con celeridad en los reglamentos con el fin de que la producción de cannabis y cáñamo brinde los beneficios propuestos en la ley.
Es necesario dotar de recursos a los Ministerios de Agricultura y Ganadería y Salud, que tendrán a su cargo la regulación.
Después de un amplio proceso participativo, de consultas a sectores involucrados, de varios años de debate, del pronunciamiento de las instituciones competentes en la materia, una consulta de constitucionalidad y del veto parcial al texto original aprobado por la Asamblea Legislativa, finalmente se abre la oportunidad de producir y comercializar el cáñamo para uso industrial y alimentario, principalmente en regiones que resulten aptas para la siembra. La ley, igualmente, faculta la utilización del cannabis para uso medicinal.
Del cáñamo se obtienen textiles, alimentos, semillas, aceites, biocombustibles, medicamentos, cosméticos, fibras, bioplásticos, bioenergía; y del cannabis, sustancias denominadas cannabinoides que, con una adecuada supervisión médica, ayudan al tratamiento de enfermedades y determinados síntomas asociados a estas.
La producción de ambos es legal y está regulada en unos 21 países; representa un mercado de 1.000 millones de personas aproximadamente.
Por su clima y condiciones geográficas, Costa Rica ofrece condiciones muy beneficiosas en comparación con los demás productores de fármacos a base de cannabis y cáñamo. La inversión en infraestructura, por ende, sería menor.
La siembra de cáñamo recupera el suelo contaminado por otros cultivos y las plantas absorben más dióxido de carbono que otras.
La ley establece el otorgamiento de títulos habilitantes, tales como licencias o permisos, en el caso del uso y aprovechamiento de cannabis psicoactivo con fines médicos y terapéuticos, y sobre el cáñamo y el cannabis no psicoactivo define como libre el cultivo, producción, industrialización y comercialización.
No obstante, en ambos casos, es primordial contar con la reglamentación técnica a fin de dotar al sector, potenciales interesados en el negocio y a la población en general de la seguridad jurídica que debe prevalecer en toda actividad sujeta a una regulación especial creada por ley.
Los autores son abogados.