En ejercicio al derecho de respuesta sobre la columna “En vela” del pasado 11 de noviembre, quisiéramos aclarar que no son las transnacionales del banano quienes se han convertido en feroces enemigas de la construcción de un megapuerto en Limón.
De hecho, ni las compañías transnacionales ni las nacionales están opuestas a la modernización de los muelles de Moín y, mucho menos, se han opuesto al modelo de concesión de obra pública con servicio público, como un instrumento para la construcción y desarrollo de la infraestructura pública.
Por desgracia, y debido a la mala gestión administrativa hecha por parte de distintos Gobiernos, nuestros muelles en Limón han llegado a la “miseria” como bien lo señala la columna, sin que eso agrade y mucho menos “lo disfrute” el sector bananero, quien es el mayor usuario y por tanto el mayor perjudicado por las instalaciones y deficiencias en el servicio actual.
Canaba, como representante del sector productor y la cual aglutina a empresas transnacionales y nacionales, se ha opuesto a la forma en que se licitó, adjudicó y se pretende construir la Terminal de Contenedores de Moín conocida como TCM.
Ello por cuanto todos los principios constitucionales señalados en el artículo 182 y ratificados por la Sala Constitucional en reiteradas sentencias, tales como: rectitud, probidad, libre concurrencia, igualdad de tratos entre los posibles oferentes, publicidad, legalidad, transparencia y formalismo de los procedimientos, equilibrio de intereses, entre otros, han sido violentados.
Por ello, y en apego a que los actos administrativos carecen de validez cuando son sustancialmente disconformes con el ordenamiento jurídico y dado que esta disconformidad sustancial hace que la consecución del fin público perseguido no se cumpla, Canaba ha planteado un juicio contencioso administrativo ante los tribunales de justicia.
Evidentemente, creemos que el Estado ha ejercido potestades administrativas para fines distintos a los fijados por ley. Solo para poner un ejemplo de lo que se plantea en nuestra demanda, y en fundamento a lo señalado por la ‘Ley de contratación administrativa’ y su reglamento, así como por la misma Contraloría General de la República en su reciente informe sobre la ‘Fiscalización de la Gestión de los Procedimientos de Contratación Administrativa en el Sector Público’ No. DFOE-ED-22-2010, en su página 10, cuando menciona que “la Administración Pública dispone únicamente de tres oportunidades para conferir prórrogas al plazo de recepción de las ofertas y, en cada una de ellas, los plazos para recibir ofertas podrán ser ampliados, como máximo, en el cincuenta por ciento de los plazos mínimos que corresponden de acuerdo a la ley...”.
Sin embargo, observamos que en la licitación de la TCM existieron 12 prórrogas de ampliación para la recepción de las ofertas, algunas inclusive ampliadas cuando el plazo había vencido. Como se puede apreciar, ninguna empresa transnacional o nacional productora de banano tiene un déficit mental, moral y mucho menos ambas.
Lo que sí han tenido ellas, por medio de Canaba, es el ejercicio efectivo del derecho constitucional y legal a solicitar se corrijan las actuaciones del Estado, cuando se afecte un interés general y el cual es, en este caso, el tener la mejor oferta, el mejor diseño, con la mejor construcción, del mejor muelle, al precio más bajo en Moín, y esto no creemos que esté ocurriendo con esta concesión.