La relación entre el agua y la salud se remonta a las culturas milenarias. En el Antiguo Testamento se encuentran diversos comentarios sobre las prácticas sanitarias del pueblo judío con respecto al agua limpia, por ejemplo, la ropa sucia puede causar enfermedades, tales como la sarna, o la suciedad lleva a la enfermedad.
También, hay precauciones, como que los pozos debían permanecer tapados, limpios y alejados de posibles fuentes de contaminación.
Relatos del año 2000 a. C. sobre las tradiciones médicas en la India dan cuenta de recomendaciones para purificar el agua hirviéndola sobre el fuego, bajo el sol, sumergiendo un hierro ardiendo dentro de ella o incluso mediante filtración en arena o grava para luego enfriarla.
Escritos de Hipócrates, en el siglo IV a. C., relacionan el origen y las características del agua que consumen los pobladores y la salud.
La actividad, definida como el agua que al ser ingerida no cause daño a la salud, se inició a finales del siglo XIX y se consolidó en el XX, mediante el uso de criterios, estándares o normas de calidad.
Los criterios se refieren a todo límite de variación o alteración de la calidad del agua según los expertos, con base en datos científicos. Los estándares o normas de calidad están constituidos por límites máximos permitidos de parámetros fisicoquímicos y microbiológicos, aprobados por el poder ejecutivo de cada país.
En 1958, 1961 y 1971 la OMS estableció normas internacionales para el agua potable, con estándares elaborados en países desarrollados, pero de poca aplicación práctica en países subdesarrollados.
En razón de estas debilidades, la OMS modificó la filosofía y estableció en 1984, 1993, el 2004 y el 2010 las Guías de calidad para el agua de bebida, fundamentadas en valores de variables fisicoquímicas, radiológicas y microbiológicas, para que cada país las adaptara en concordancia con su situación socioeconómica e hídrica.
No obstante, aplicando la ley del mínimo esfuerzo, la mayoría de los países aprobaron los valores guías como estándares, sin realizar ninguna investigación epidemiológica que relacione la calidad del agua y la salud de la población.
Incluso, en varios reglamentos nacionales para la calidad del agua potable, por ejemplo en Centroamérica, copiaron valores guías provisionales como estándares fijos, como en el caso del arsénico (0,01 mg/L).
Otro error común en las Américas, excepto en Estados Unidos y Colombia, es que se brinda el mismo peso a los parámetros del control operativo del acueducto y las variables estéticas del agua que a los estándares vinculados con la salud.
La excepción la instauró la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA, por sus siglas en inglés) cuando en los Estándares establecidos en el acta para la seguridad del agua potable, de 1974, definieron estándares primarios y secundarios para evaluar la calidad del agua potable.
Los primeros están relacionados directa o indirectamente con la salud de los usuarios, y se clasifican en microorganismos (virus, bacterias, protozoarios, helmintos), elementos radiactivos y químicos tóxicos.
Los estándares secundarios son lineamientos no obligatorios, que regulan los contaminantes que pueden causar efectos estéticos y organolépticos en el agua (olor, color, sabor, hierro, manganeso, dureza).
La EPA recomienda el uso de los parámetros secundarios para evaluar los sistemas de agua, pero no requiere que estos se cumplan. Esta clasificación faculta al profesional químico o microbiólogo a evaluar la calidad del agua para consumo humano como potable o no si cumple con los estándares primarios.
Los parámetros secundarios se emplean en el control operativo y estético del agua. En Costa Rica, hay cuatro reglamentos para la calidad del agua potable.
El último fue aprobado en setiembre del 2015, mediante el Decreto Ejecutivo 38954-S, y difiere de los anteriores en que define el control operativo para los acueductos utilizando los parámetros turbiedad, olor, sabor, pH y cloro residual; sin embargo, al igual que la gran mayoría de los reglamentos nacionales en América, por no definir estándares primarios y secundarios, los profesionales que laboran en laboratorios de análisis de agua, tanto públicos como privados, tienden a simplificar la interpretación e indican, por ejemplo, “en este análisis puntual el pH de 5,8 no cumple con el reglamento para la calidad del agua potable”.
Este tipo de interpretaciones confunden a la gente, que consideran que el agua no es potable cuando en realidad sí lo es, porque se ajusta a los parámetros primarios relacionados con la salud y con la mayoría de los parámetros secundarios.
La interpretación de los resultados de un análisis de agua debe realizarse de forma integral, no parcial; solamente así podremos educar a la población, a los entes contralores y reguladores y al Poder Judicial para el buen manejo del concepto agua de calidad potable.
El autor es microbiólogo y salubrista público, director del Laboratorio Nacional de Aguas del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA).