Trabajo

Patronos deben pagar doble a quienes trabajen Jueves y Viernes Santo

Empleados no están obligados a laborar, si lo hacen es por acuerdo mutuo

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Quienes se presentan a laborar este Jueves y Viernes Santo deben recibir pago doble por tratarse de feriados de ley, establecidos en el artículo 148 del Código de Trabajo. Si además se laboran horas extra, estas se pagan triple.








Irene Vizcaíno

Irene Vizcaíno

Editora de Sociedad y Servicios Públicos. Graduada en Ciencias de la Comunicación Colectiva. Tiene una maestría en Periodismo y una licenciatura en Derecho.

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