Un fallo de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia reconoció el derecho de la empresa Riteve SyC a que se realizara un ajuste en las tarifas de la revisión técnica vehicular en el 2016 y condenó al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) a una indemnización.
La sentencia 001927-F-S1-2022, del 12 de agosto pasado, la cual se conoció este viernes por medio de un comunicado de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), ocurre casi cinco meses después de que Riteve dejara de operar en el país por el vencimiento de su contrato.
El fallo de la Sala I —que conoce los casos en los que el Estado figura como parte—, resolvió un reclamo planteado en el 2017 ante los tribunales de lo contencioso administrativos por las trabas para ajustar el costo de la revisión técnica en 2016, luego de 11 años sin un cambio. Tal situación se dio porque aunque ya existía un modelo tarifario establecido por el MOPT, este no había sido publicado en el diario oficial La Gaceta y por ende, no estaba en vigencia.
Por este hecho, Riteve demandó tanto al Ministerio como a la Aresep, pero solo el primero resultó condenado.
“Fallando por el fondo se reconoce el derecho de Riteve a que se le realice el reajuste tarifario para el año 2016, según la metodología establecida en el decreto ejecutivo 40136-MOPT, denominado Modelo Tarifario para el Ajuste de Tarifas del Servicio de Revisión Técnica Vehicular (RTV) a cargo de Riteve SyC S. A., así como los intereses legales que se generen; todo lo cual será determinado en etapa de ejecución de sentencia. Se condena al Estado al pago de las costas a favor de Riteve y se condena a Riteve al pago de las costas a favor de la Aresep”, concluyó la Sala I.
Como para la Aresep no estaba claro cuál entidad debía asumir la indemnización, presentó una solicitud de aclaración a la Sala I.
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El 14 de julio, empleados de Riteve realizaban las últimas revisiones técnicas por parte de esa empresa, en la estación de Alajuelita. Ahora, el servicio está en manos de la firma alemana Dekra. Foto: Albert Marín
La aclaración
Esta gestión fue resuelta el 29 de noviembre anterior y en esta se confirma que el Estado será el responsable de pagar la indemnización, la cual se determinaría en etapa de ejecución de sentencia. De ahí el comunicado de la Aresep de este viernes.
“La Sala Primera excluyó a la Autoridad Reguladora y responsabilizó únicamente al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), en una demanda que planteó Riteve SyC S. A.”, informó la Aresep.
Reiteró que la responsabilidad indemnizatoria alegada por Riteve por el reajuste de 2016 “recae única y exclusivamente en el MOPT, debido a que esta fue la entidad que incumplió su obligación contractual” de publicar la metodología de ajuste tarifario para el servicio de revisión técnica vehicular en La Gaceta.
Sin embargo, se desconoce el monto exacto que deberá desembolsar y si la empresa española tendrá interés en continuar con el proceso en los tribunales nacionales, pues al parecer ya no hay representantes en el país. La Nación hizo intentos por alguna comunicación pero no fue posible.
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En julio pasado, a pocos días de que venciera su contrato en territorio nacional, trascendió que la firma presentó ante el Centro Internacional de Conciliación y Arbitraje (CICA) un reclamo contra el Estado costarricense por $30 millones, vinculados, precisamente a ajustes tarifarios no realizados entre el 2007 y el 2009.
En 2018, la empresa había perdido un proceso de este tipo realizado en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial, también por ausencia de reajustes.
La revisión técnica, actualmente, está en manos de la alemana Dekra.