La sanción que la Contraloría General de la República (CGR) está solicitando para el diputado Gilberth Jiménez, del Partido Liberación Nacional (PLN), irá a revisión de los seis jefes de las fracciones parlamentarias el próximo jueves.
Se trata de una suspensión de 25 días sin goce de salario, que se solicita imponer al congresista por faltas que habría cometido mientras fue alcalde de Desamparados.
El reproche de la Contraloría es porque Jiménez habría tardado dos meses y medio en reabrir un procedimiento administrativo sobre una denuncia presentada por la Defensoría de los Habitantes, en el 2018.
La CGR considera que el exalcalde fue negligente con su deber de actuar a tiempo y la demora causó que los hechos denunciados prescribieran.
Este 24 de mayo, la Contraloría solicitó al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) aplicar la suspensión del legislador del PLN, pero este órgano se declaró sin autoridad para ejercer ese castigo.
A criterio de los magistrados electorales, si el TSE sanciona a Jiménez estaría cometiendo una ilegítima violación a la separación de poderes” y consideraron que es la propia Asamblea Legislativa la que tiene que ejecutar la suspensión de 25 días.
Entonces, el Tribunal remitió su criterio al Congreso, junto con la solicitud de sanción a Jiménez; se recibió este lunes a las 5:58 p. m. y entró bajo el número de expediente 23160.
La jefa de la fracción del PLN, Kattia Rivera, confirmó que el presidente del Congreso, Rodrigo Arias, le había informado sobre la llegada de ese criterio del TSE. Ella también indicó que el asunto se vería el próximo jueves entre los voceros partidarios.
Desde el despacho de la presidencia legislativa, se respondió que Arias daría una declaración al respecto del asunto, el próximo jueves, sobre el procedimiento que se seguirá en la Asamblea respecto al asunto.
Cuando La Nación dio a conocer el caso, el viernes pasado, Jiménez respondió que, como ya está fuera de la Municipalidad de Desamparados, y ahora es diputado, la medida que solicita la Contraloría es “inaplicable”.
Jiménez fue alcalde desde el 2016 hasta este año, cuando se le eligió como legislador del PLN.
En situaciones de este tipo, el Reglamento de la Asamblea establece que se debe conformar una comisión de tres diputados elegidos por el plenario para revisar el caso, y que esta emita un informe para que determine cómo procederá el pleno.
El procedimiento es el mismo que se aplica cuando hay una causa judicial contra algún diputado y la Corte Suprema de Justicia solicita el levantamiento de la inmunidad del congresista, según lo establecen los artículos 215 a 218 del Reglamento de la Asamblea.