Los diputados presentaron un proyecto de ley que busca establecer licencias remuneradas de hasta una semana para las personas trabajadoras que enfrenten la pérdida de un familiar cercano.
La propuesta, presentada por la fracción del Frente Amplio, expone que el duelo por la muerte de familiares cercanos puede generar dificultades para la reincorporación laboral de los empleados del sector privado, por lo que buscan crear un marco legal que garantice ese derecho a los trabajadores.
El proyecto propone otorgar una licencia remunerada de una semana calendario en caso de fallecimiento de familiares en primer o segundo grado de consanguinidad, abarcando padres, madres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, entre otros.
Además, el plan contempla una licencia remunerada de tres días naturales para muertes en primer o segundo grado de afinidad, donde se incluyen cónyuge, suegros, yerno o nuera, en el primer grado; y cuñados, abuelos del cónyuge, cónyuges de los nietos y hermanastros en el segundo.
Por último, una licencia remunerada de dos días naturales para muertes en tercer grado por consanguinidad, relación colateral o afinidad: bisabuelos y biznietos (por consanguinidad), tíos y sobrinos consanguíneos (por relación colateral), tíos y sobrinos políticos (por afinidad).
Los plazos de las licencias se ampliarían en casos donde haya recomendación médica.
En su exposición de motivos, el plan sostiene que, si bien en el sector público existen disposiciones que permiten licencias con goce de salario en casos de fallecimiento de familiares cercanos, el sector privado no posee los mismos derechos, por lo que se busca llenar un vacío legal que deja desprotegidas a estas personas.
Por otra parte, el proyecto hace referencia a iniciativas anteriores que abordaron problemáticas similares, señalando la importancia de reconocer la licencia por fallecimiento de familiares como “un derecho fundamental para conciliar la vida laboral y familiar”.
La iniciativa propone una reforma al título tres del Código de Trabajo, destinada actualmente a las jornadas, descansos y salarios, para que esta sección también contemple las licencias remuneradas.
La reforma agregaría un nuevo artículo 161 bis, donde se establecen los plazos y especificaciones que aplicarían dependiendo del tipo de vínculo que se tenga con el fallecido.
Jonathan Acuña, diputado del FA y proponente principal de la iniciativa, aseguró que buscarán aprobar el proyecto ante de que termine el periodo constitucional, para que los trabajadores puedan tener derecho a procesar el duelo en momentos tan difíciles, ya que los permisos para el sector privado carecen de marco legal y quedan a discreción de los patronos.
“Es totalmente necesario establecer este marco legal porque, así como queda especificado en la exposición de motivos del proyecto y tal y como la señala la Procuraduría, en la situación del marco jurídico vigente para las personas trabajadoras del sector privado no hay ningún establecimiento de obligación de los patronos para dar permiso remunerados cuando muere un familiar.
“Entonces, en la situación actual, ante la muerte de un familiar la persona trabajadora del sector privado queda en la situación de depender si su patrón quiere o no darle un permiso, si se lo voy a remunerar o no, los días; todo eso queda plena discreción del patrono”, aseveró Acuña.
Procuraduría dice que licencia debe garantizarse a sector privado
Según indicó la Procuraduría General de la República (PGR) en un criterio, iniciativas como esta contribuyen a garantizar los derechos de los asalariados privados y ayudan a su desarrollo integral.
“Hemos determinado que este tipo de iniciativas no presentan problemas de constitucionalidad, pues se enmarcan dentro de las tendencias internacionales a favor del desarrollo integral de los trabajadores, pues sin lugar a dudas propician el derecho fundamental innominado a la conciliación del trabajo con la vida personal y la familia, y hace extensivo al sector privado dicho beneficio que disfrutan muchos de los funcionarios públicos”, comentó la PGR.
La PGR agrega que no es lógico que este tipo de licencias sean un beneficio exclusivo de los empleados públicos, pues todos los trabajadores en general están expuestos a esas circunstancias similares y deben gozar de igualdad ante la ley.
El órgano procurador agregó que la Constitución Política contempla al respeto por la familia como elemento natural y fundamento de la sociedad, por lo que este garantizarse a los trabajadores mediante procedimientos como las licencias planteadas por el proyecto.
“La jurisprudencia constitucional se ha pronunciado reiteradamente sobre la razonabilidad de normarlas y de otorgarlas, todo justificado en la necesidad que, ante esas situaciones especiales, el trabajador pase el duelo y pueda volver al trabajo en mejores condiciones, lo cual permite un balance entre el proceso productivo de la empresa y el estado psicológico óptimo del trabajador”, explicó.
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