La Procuraduría General de la República (PGR) concluyó que el proyecto de ley para cobrar un impuesto del 40% a los vaporizadores y cigarrillos electrónicos podría ser inconstitucional.
Según un criterio emitido por el órgano procurador, la propuesta podría ser “abusiva” y “confiscatoria”.
Esta iniciativa pretende cobrar un 40% de impuesto sobre el valor de estos aparatos electrónicos; el objetivo es disminuir su consumo y evitar daños a la salud de los costarricenses.
El plan lo presentaron los diputados Luis Antonio Aiza y Catalina Montero, de los partidos Liberación Nacional (PLN) y Acción Ciudadana (PAC), respectivamente, y se tramita en la Comisión de Asuntos Sociales.
“A juicio de la Procuraduría, la tarifa propuesta podría eventualmente ser contraria a los artículos 40 y 45 de la Constitución Política, por cuanto devendría en una tarifa confiscatoria y abusiva”, indicó la PGR.
Ambos artículos protegen a los costarricenses de tratamientos como la confiscación y sostienen que la propiedad es inviolable, solamente bajo excepciones como un interés público legalmente comprobado.
Al respecto, la Procuraduría recordó que la Sala Constitucional ha concluido que los tributos no pueden ser confiscatorios porque lesionan la garantía del derecho de propiedad.
Por esa razón, un tributo “se considera confiscatorio cuando absorbe una parte sustancial de la renta o del capital gravado”.
Según la propuesta de ley, en el caso de las ventas locales, el 40% de gravamen se calcularía partiendo del precio de venta del fabricante.
En tanto, para la importación, el cobro del tributo se origina en el momento en que el producto sea aceptado en aduanas, tomando como referencia la declaración aduanera.
En ambos casos, el impuesto se cobraría a cada Sistema Electrónico de Administración de Nicotina (SEAN) y Sistema Similar sin Nicotina (SSSN), así como a los líquidos, contengan o no nicotina, y los accesorios.
Los fondos que eventualmente se recolectarían con ese impuesto serían dirigidos mensualmente a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) para que los utilice exclusivamente para la compra de medicamentos y tratamiento de patologías relacionadas con el tabaco.
También servirían para tratar cualquier patología grave que se detecte por el uso de los dispositivos SEAN/ SSSN, tales como cáncer, complicaciones cardiovasculares o problemas pulmonares.
Regulación ayudaría a salud pública
Si bien podría presentar roces constitucionales, el criterio de la Procuraduría rescata la importancia regular el uso de los aparatos para ayudar a la salud pública.
“El tributo que se propone, para afectar el consumo de esos dispositivos electrónicos, reviste gran importancia para la salud pública del país”, precisa el documento.
Al respecto, el abogado del Estado explicó que la regulación no solo protege a las personas que podrían verse expuestas al humo o al vapor de estos vaporizadores, sino que también contribuye a la sostenibilidad del sistema de seguridad social, garantizando el acceso a la salud.
Asimismo, otro de los recordatorios de la PGR es que actualmente la nicotina es una sustancia regulada en el país; sin embargo, en algunos aparatos como los cigarrillos electrónicos, las autoridades no logran identificarla.
“En el caso de los cigarrillos electrónicos y dispositivos electrónicos similares que no contienen nicotina, existe una imposibilidad real por parte de la autoridad sanitaria de poder determinar cuáles vaporizadores tienen nicotina y cuáles no tienen nicotina”, alertó el ente procurador.
Prohibiciones y sanciones
El proyecto de ley contempla una lista de restricciones y sanciones para las personas que utilicen estos productos electrónicos para el fumado.
De esta forma, estaría prohibido su uso en sitios públicos, como parques, centros comerciales, teatros, restaurantes, medios de transporte, puertos y aeropuertos.
Se podrían utilizar de forma aislada en espacios autorizados y sitios abiertos donde no se vean expuestas personas al humo.
También, quedaría prohibida la venta a menores de edad.de vaporizadores y cigarrillos electrónicos, así como sus accesorios y bienes complementarios.
Las multas por usar estos sistemas de fumado en sitios prohibidos serían de un 10% del salario base para las personas físicas (aproximadamente ¢23.000).
También se castigaría a los jerarcas de instituciones publicas o privadas que permita el uso de vaporizadores y cigarrillos electrónicos; a ellos se les multará con un 50% ( unos ¢231.000) de un salario base.
Esa misma multa se aplicaría para quienes vendan a menores de edad cualquier producto relacionado aparatos para el fumado electrónico.
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