La Procuraduría General de la República (PGR) les explicó a los diputados, este lunes, que los proyectos de ley sobre matrimonio igualitario o uniones entre parejas del mismo sexo están supeditados a lo establecido por la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Así consta en la opinión jurídica 052-2018 que emitió la entidad abogado del Estado, a solicitud de los anteriores congresistas, en el marco del trámite del proyecto de ley 19.852.
El criterio vertido por la PGR retoma lo establecido por dicho tribunal internacional en torno a los derechos patrimoniales de las parejas del mismo sexo y la posibilidad de darles a sus uniones la misma esencia que tienen los matrimonios entre personas de diferente sexo.
“Es la tendencia jurídica inexorable a la que orienta la Opinión Consultiva OC-24/17, del 24 de noviembre de 2017, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, dice el oficio remitido a la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos, este lunes.
Es más, la opinión jurídica incluye dentro de su texto una gran parte de la opinión emitida por la Corte IDH, entre eso lo relativo al carácter vinculante del control de convencionalidad para un país miembro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos como es Costa Rica.
Ya a mediados de mayo había la Procuraduría emitido el mismo criterio sobre el carácter vinculante de la resolución de la Corte, cuando fue consultada por los magistrados de la Sala Constitucional.
Ese tribunal tiene bajo análisis una acción de inconstitucionalidad interpuesta contra la Dirección Nacional de Notariado, por negarse a inscribir matrimonios entre personas del mismo sexo, pese a lo establecido por la Corte Interamericana.
En el caso del expediente legislativo, conocido popularmente como Ley de Matrimonio Igualitario, la Procuraduría General establece que “si bien le corresponde al legislador ordinario definir el marco jurídico necesario para que las relaciones de las personas del mismo sexo tengan una protección jurídica adecuada, ello ahora está supeditado inexorablemente a lo definido por la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.
El criterio jurídico que emitió la PGR fue solicitado desde noviembre del 2016, como parte del trámite de esa iniciativa legal.
Dentro de las conclusiones de la Procuraduría, se manifiesta que el proyecto “cumple con la exigencia elemental impuesta por la Corte Interamericana de garantizar, a través de medidas legislativas, el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo el derecho al matrimonio, para asegurar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto a las que están constituidas por parejas heterosexuales”.
Eso sí, el órgano advierte que deben los parlamentarios atenerse a lo que diga la Sala Constitucional, al resolver la acción que tiene bajo estudio.
“No obstante, estimamos conveniente, y por demás prudente, estarse a lo que en definitiva resuelva la Sala Constitucional en la acción de inconstitucionalidad tramitada bajo el expediente N° 18-001265-0007-CO, que actualmente pende en aquella jurisdicción especializada; esto por la innegable incidencia que tendría un eventual pronunciamiento de fondo en la materia que se pretende regular con la reforma legislativa propuesta”, dice el oficio OJ-052-2018, firmado por Luis Guillermo Bonilla Herrera, procurador adjunto.
Los diputados Enrique Sánchez, del Partido Acción Ciudadana (PAC), y José María Villalta, del Frente Amplio, resaltaron el criterio emitido por la PGR.
“Tiene razón la Procuraduría. Es la única respuesta jurídicamente sostenible. Las opiniones consultivas de la CIDH son vinculantes para el Estado costarricense y es cuestión de tiempo para que esta tenga que aplicarse plenamente en Costa Rica”, indicó Villalta.
Agregó que lo ideal sería que se haga la reforma legal, pero apuntó que si persiste el bloqueo que en la Asamblea Legislativa han operado contra esos proyectos los partidos evangélicos como Renovación Costarricense y Restauración Nacional, terminará pasando lo que ocurrió con la fecundación in vitro, que se reguló por decreto y que el Estado fue condenado por incumplir.
A criterio de Sánchez, la opinión de la Corte IDH modificó completamente el universo jurídico sobre el tema de las uniones entre parejas del mismo sexo.
“Así lo reconoce la Procuraduría, que en sus conclusiones señala que el Poder Legislativo está supeditado inexorablemente a lo definido por la opinión consultiva. Legislar en otro sentido sería contradictorio con el criterio de la Corte Interamericana”, agregó.
La presidenta de la Comisión de Jurídicas, Floria Segreda, explicó que su fracción, Restauración Nacional, está analizando el fondo de ese proyecto de Ley de Matrimonio Igualitario, antes de dar una opinión sobre el tema.
“Quizá en estos días podría dar una respuesta más analítica del proyecto, tomando en cuenta también esa opinión jurídica”, comentó Segreda.
Específicamente, el proyecto de marras hace varios cambios en el Código de Familia, el Código Civil y el Código de Trabajo, para establecer las responsabilidades de los esposos, tanto si están en un matrimonio del mismo o de distinto sexo.
Asimismo, establece la posibilidad de la adopción de menores de edad, la posibilidad de que haya uniones de hecho entre personas del mismo sexo y que puedan tener licencia cuando hayan adoptado a un hijo.