Con el voto unánime de los 43 diputados presentes en el plenario, este jueves recibió primer debate el proyecto para la apertura del mercado interno de la deuda pública, uno de los planes incluidos en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y pactado entre diputados en la negociación por los eurobonos.
La propuesta, bajo expediente 22.893, eliminaría el doble impuesto de renta que hoy pagan los compradores extranjeros de certificados de deuda interna de Costa Rica.
El tributo que se elimina es el 15% por el envío de remesas cuando los inversionistas extranjeros trasladen sus ganancias desde Costa Rica hacia sus países de origen. Entonces, solo tendrían que pagar un 15% por los rendimientos pagados por el Estado, tal como lo hacen los nacionales.
La doble tasa actual impide que más inversores foráneos participen del mercado de la deuda interna del Gobierno, tal como lo aseguró la Tesorería Nacional del Ministerio de Hacienda.
Al equiparar la cancha entre compradores nacionales y extranjeros, se pretende dinamizar la competencia, generar mayor liquidez del mercado y reducir las tasas de interés. Abrir el mercado de la deuda interna dejaría más recursos para los préstamos privados, al no ser absorbidos en su mayoría por el Gobierno.
A favor de la iniciativa hablaron voceros de todas las bancadas legislativas, gracias a un debate reglado que se había pactado el martes pasado.
Este proyecto fue parte del acuerdo entre el Gobierno y las bancadas políticas durante las negociaciones sobre el plan para autorizar la colocación de certificados de deuda costarricense en el mercado internacional, conocidos como eurobonos, por $5.000 millones.
La presidenta de la comisión de Asuntos Hacendarios, la diputada liberacionista Paulina Ramírez, explicó que el proyecto regula los mecanismos para atraer la participación de inversionistas internacionales en el mercado costarricense.
También destacó el esfuerzo multipartidario y el aporte técnico de muchas instituciones, entre ellas la Contraloría General de la República (CGR), el Ministerio de Hacienda, la Bolsa Nacional de Valores y la Superintendencia General de Valores (Sugeval).
Adicionalmente, se tomó en consideración el criterio de las operadoras de pensiones, el Poder Judicial, los bancos públicos, la Cámara de Fondos de Inversión y la de Intermediarios Bursátiles.
Ramírez enfatizó que el plan habilita a Hacienda para el uso de medios internacionales de pago para materializar la liquidación transfronteriza de las operaciones, y a las entidades de custodia locales a ofrecer los servicios de subcustodia a entidades de custodia domiciliadas en el extranjero.
Además, se agrega un párrafo al artículo 89 de la Ley de administración financiera de la República y presupuestos públicos, que define el concepto de deuda pública interna, que es aquella deuda emitida y registrada dentro del país, en cualquier moneda, que se rige por las leyes nacionales y sobre la cual son competentes los tribunales nacionales.
Por último, se reforma el artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para disponer que los rendimientos derivados de la deuda interna del Gobierno de la República, en favor de personas no domiciliadas en el país, solamente estarán sujetos al impuesto único y definitivo sobre las rentas del capital.