Un total de 133 matrimonios fueron anulados por el Tribunal Eclesiástico de la Iglesia católica en Costa Rica, entre los años 2013 y 2014.
Así consta en un informe sobre Anulación de Matrimonios de esa organización.
Otras 524 parejas esperan la invalidación de su boda; el trámite puede tardar ocho años.
Entre las causas más comunes para anular una unión están la infidelidad, presión sobre alguno de los contrayentes para dar el sí, inmadurez u ocultamiento de deudas.
Estas causales deben haber ocurrido antes de la unión sin que uno de los cónyuges lo supiera.
No es motivo de anulación de un enlace matrimonial que este haya fracasado después.
De acuerdo con el padre Alejandro Jiménez, a principios del 2013 había 486 solicitudes de anulación. Adicionalmente, ese año ingresaron 82 casos más. De ese total, el Tribunal se pronunció a favor de disolver 21 enlaces; otros 18 expedientes se archivaron.
En el 2014, las cifras aumentaron. El año empezó con 529 peticiones de invalidación e ingresaron 107 peticiones nuevas, pero el Tribunal solo pudo resolver 112.
Jiménez explicó que una solicitud puede tardar en resolverse hasta ocho años debido a que hay muy poco personal.
Pese a las solicitudes de anulación de uniones, Jiménez sostiene que el matrimonio es un sacramento indisoluble.
“Lo que ocurre es que situaciones externas pueden hacer que a la hora de asumir el sacramento, no adquiera validez. Estas situaciones eran inminentes y se ocultaron desde el principio de la relación”, manifestó Jiménez.
Según el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), en el 2014 se realizaron 6.333 matrimonios católicos y 13.557 civiles.
La solicitud de anulación de un matrimonio debe presentarse en la parroquia ante un sacerdote quien la evalúa y define si la eleva al Tribunal. No se requiere la presencia de las dos partes.
Luego, el interesado debe llenar un cuestionario y entregarlo en la Conferencia Episcopal.
Un cura entrevistará al demandante para completar la solicitud, solicitar testigos y notificar a la otra parte. En estos casos no se demanda a la pareja si no al vínculo matrimonial.
Evaluados los testimonios y pruebas, el juez encargado del expediente lo envía al defensor del vínculo (un clérigo) quien analiza las causas y emite un criterio.
El clérigo da una sentencia y notifica a las partes . El fallo debe ser revisado por Tribunal Eclesiástico de Segunda Instancia. Si la segunda instancia rechaza la anulación, el Vaticano será el que dará una solución definitiva.