A raíz de unas aparentes declaraciones del magistrado Fernando Cruz en La Prensa Libre identificándose con la noción de Estado social como fuente de inspiración en muchos de sus dictámenes de minoría, don Jorge Guardia (EnGuardia, 20/11) especuló que podría ser que 38 legisladores le “cobraron legítimamente” al magistrado Fernando Cruz su “ideología, más a la izquierda que la de sus compañeros de Sala”.
Lo jurídico de este caso está siendo discutido por muchos abogados y salvaguardado por el procedimiento protocolizado para este tipo de coyuntura: la Sala IV resolverá. No olvidemos, sin embargo, que toda reacción tiene siempre una causa, y que en Tiquicia hace ya mucho tiempo un sinnúmero de nombramientos de magistrados, contralores, defensores y otros cargos de índole “muy pública”, se hace bajo el descarado tufo del clientelismo partidario o del líder hegemónico del momento.
Más me interesa inquietar al lector sobre el asunto de la ideología. Sin ideología, solo hay actos ocurrentes, aleatorios, inventados en el momento. Y, este es el gran factor que tiene a Costa Rica enclochada desde hace décadas.
Nadie parece reconocer que hay una ideología constitucional que nítidamente delinea un país solidario y de bienestar, el cual es fácil de vislumbrar en tres macro artículos que resumen y articulan la gran contribución histórica del pensamiento europeo en una fusión realmente autóctona, criolla: el art. 46 sobre libertades económicas plenas; el art. 50, que consagra la promoción de la producción y la mejor distribución de la riqueza; y el art. 74, que declara cómo los derechos sociales se sustentan en el principio cristiano de justicia social y en la búsqueda permanente de solidaridad nacional.
Son estos, los grandes aportes del liberalismo histórico, de la socialdemocracia y de la Iglesia católica a partir de la influyente encíclica Rerum Novarum, respectivamente.
Y todo ello, bajo la tutela de un Estado-institucional garante de ese trascendental pero delicado equilibrio, para que las prestaciones precisas a nivel legislativo, del Gobierno como tal y de la misma administración de justicia, encuentren el punto de entrega simultáneo o complementario al habitante que satisfaga esos derechos sin nunca perder de vista el impacto unitario e integral pretendido con cada uno y con el conjunto.
Hay, así, una ideología colectiva en la Constitución Política que nos debe regir a todos. Un magistrado, un juez, un presidente de la República, una contralora, una defensora de los Habitantes, un procurador de la República, un jefe del Ministerio Público, un partido político, todo legislador, todo funcionario y todo ciudadano, deben reconocerla y comprenderla para poder actuar con la lucidez de miras. Esa ideología nacional nos debe cobijar y comprometer a todos en la búsqueda del bienestar integral colectivo.
El cobrarle su reelección a un magistrado por adherirse a la ideología de la Constitución Política para actuar y resolver, sería un inaudito castigo por cumplir, precisamente, con el art. 11 de esta. Nuestra Constitución no es neutra en modo alguno. Pero aquí seguimos dando palos de ciego en todo orden.
Es un hecho que los muchos logros históricos generados por inspiración de unos pocos ilustrados, ya hace tres décadas empezaron a escapársenos de las manos. El modelo país constitucionalmente enunciado en 1949, está aún por ser reivindicado.