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El diputado Víctor Morales Zapata cuando declaró ante la Comisión Especial Investigadora de los Créditos Bancarios, por sus gestiones en favor de Juan Carlos Bolaños. Foto: Rafael Pacheco (Rafael PACHECO GRANADOS)
La Procuraduría de la Ética Pública (PEP) calificó de "indebido" y de violatorio al principio de legalidad que los diputados se pongan en contacto con alfos funcionarios públicos para interceder en favor de ciertas personas.
Así lo concluyó en el informe confidencial AEP-INF-017-2017, donde resolvió una denuncia contra el diputado Víctor Hugo Morales Zapata por haber llamado al presidente de la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), Iván Brenes, para preguntar por un pago para el empresario Juan Carlos Bolaños, quien hoy está en la cárcel.
Ese tipo de llamadas, en favor de particulares, implica que el legislador aproveche su investidura para acceder a altas autoridades, advirtió el documento.
Aunque el diputado Morales le alegó a la Procuraduría que esta "es una práctica" en la Asamblea Legislativa, la PEP determinó que no existe ni en la Constitución Política ni en ningún cuerpo legal ninguna norma que le permita al diputado asumir esas gestiones como una práctica propia de sus funciones.
La Procuraduría les informó a todos los diputados de que dicha costumbre es indebida y que, aunque podría estar arraigada entre algunos de los legisladores, debe eliminarse pues podría dar pie a actos de corrupción o el ejercicico de influencias indebidas para beneficio de particulares.
Los parlamentarios no representan intereses de personas específicas ni de grupos, ni siquiera de sus propios partidos políticos, machaca el informe.
“Ni de la Carta Fundamental ni de ningún otro precepto legal o similar se desprende que un diputado represente los intereses de personas específicas. Su misión no es ser un portavoz de los intereses de ciudadanos específicos, o de sus electores, ni del grupo social o político que representa, sino de toda la nación y así lo concibe la Sala Constitucional”, escribió la procuradora de la Ética Pública, Lissy Dorado, en el informe.
De hecho, durante su declaración, Víctor Morales le respondió a la Procuraduría que él desconoce normas para dar fundamento jurídico a esa función de “trasladar consultas, reclamos o quejas de un ciudadano” ante una institución pública.
“Es una práctica en el parlamento, esto porque uno es un representante del pueblo que lo elige. Quiero precisar que yo no gestiono los trámites ante las instituciones públicas, sino solo traslado las quejas e inquietudes y son ellas las que terminan resolviendo, de conformidad con la normativa que les rige”, alegó Morales, según consta en el informe.
La respuesta de la PEP sentencia, de forma contundente, que esa práctica parlamentaria es claramente indebida.
“Lo que el señor Víctor Morales Zapata reconoce como ‘una práctica en el parlamento’ es, ni más ni menos, una práctica indebida realizada por él en su condición de diputado, que consiste en utilizar las prerrogativas de su investidura (...) para acceder a los funcionarios y despachos del Poder Ejecutivo y consultar sobre el estado en que se encuentran los trámites o gestiones promovidas ante la administración”, dice la procuradora.
Esa forma de retorcer la función representantiva parlamentaria contraviene, a criterio de la PEP, las funciones y competencias establecidas para los diputados en la Constitución Política, como “depositarios de la voluntad popular, vulnerándose con ello el principio de legalidad contemplado en el artículo 11″ de la Carta Magna.
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Aparte de ello, dice el informe, la llamada fue imprudente porque “se dirigió a propiciar un trato privilegiado a un administrado de la CNE” y llevó a Morales Zapata a cometer actos que “lo alejaron de la objetividad, independencia e imparcialidad como funcionario público”.
“No fue cualquier funcionario el que llamó a la CNE, sino un diputado de la Asamblea Legislativa, cuya consulta podría ser interpretada como una orden para que se actuara a favor del administrado”, explica la procuradora Dorado.
El caso de Morales Zapata generó una incertidumbre en la Procuraduría de la Ética Pública, sobre la razón para que se propicie, en el Congreso, recurrir a un legislador para hacer valer derechos de un empresario ante una institución pública.
“¿Acaso se cree que los legisladores deben ser, como lo indicó el diputado Morales Zapata, el enlace con las instituciones públicas o que, amparados al mandato de ser representantes del pueblo, se arrogan el derecho a velar por los intereses de un particular?”, manifesta el informe.
A raíz de esa conclusión, la Procuraduría Ética emitió, entonces, una acción de recomendación bajo oficio AEP-AR-024-2017, que solicita al Congreso “tomar las medidas respectivas” para eliminar la práctica de las gestiones en favor de particulares.
El presidente del Directorio legislativo, Gonzalo Ramírez, explicó que le informaron a cada jefe de fracción de la recomendación de la Procuraduría para que tomen las medidas dentro de sus propias fracciones.
Añadió que la única forma de establecer esas medidas generales para todo el Congreso es que se apruebe el proyecto de ley que establece la violación al deber de probidad como una causa para perder la credencial de diputado.
“Pusimos la posibilidad de avanzar con ese proyecto en la mesa de discusión de los jefes, pero no hubo manifestación al respecto. Ahora, el Gobierno lo convocó para las sesiones extraordinarias (1.º de diciembre al 30 de abril) y vamos a ver si podemos avanzar con el tema, si hay voluntados para eso”, dijo Ramírez.
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En cuanto a la conclusión a la que llegó la Procuraduría, de que Morales Zapata violó el deber de probidad al hacer esa llamada y que debe ser sancionado por ello, la Asamblea Legislativa le respondió que no posee el Congreso armas para poder sancionar ni a Morales ni a ningún otro legislador, precisamente por la ausencia de un régimen disciplinario.
Los diputados están en mora desde hace tres años, cuando se venció el plazo que les dio la Sala Constitucional para crear dicho régimen sancionatorio.