La Sala Constituciónal ordenó al Ministerio de Educación Pública (MEP) facilitar el ingreso a la educación primaria a un menor de 16 años, el cual presentó un recurso de amparo porque no lo aceptaron en varias escuelas públicas.
El muchacho es vecino de Puriscal y busca ingresar a quinto grado. Acudió a los magistrados porque en las escuelas donde solicitó ingreso le recomendaron asistir a un centro educativo para adultos. Sin embargo, como en ese centro de adultos no se formó un grupo de 10 personas, no se abrió el cupo y el joven se quedó sin estudiar.
El afectado afirma que se está violentando su derecho a una educación primaria gratuita y obligatoria.
Los magistrados ordenaron a la ministra de Educación Pública tomar las medidas necesarias y girar las órdenes correspondientes para que en el plazo de un mes se ofrezca al amparado una solución efectiva.
Dicha solución deberá estar lista el 18 de setiembre en las modalidades de educación que brinda ese Ministerio y en un centro educativo cercano a su lugar de residencia. Lo anterior, porque las partes fueron notificadas hoy 18 de agosto.
El Tribunal en pleno consideró que se violentaron los derechos fundamentales del menor.
"El Estado está en la obligación de poner a disposición los mecanismos jurídicos y condiciones materiales necesarias para que el acceso a la educación esté al alcance de todos y que se pueda disfrutar efectivamente", dice un comunicado de prensa de la Sala IV.
Estiman que el Ministerio lesionó el derecho del joven ya que le impidieron permanecer en el sistema educativo en general, por ser parte de un grupo etario.
Para los magistrados el derecho a la educación es parte de los derechos progresivos y requiere de la capacidad del Estado para garantizar su plena vigencia.
Esa garantía al acceso a la educación no implica que el ingreso o matrícula sea en el centro educativo que se pida, sino en el que sea factible su ingreso.
El recurso fue presentado el 25 de mayo y su resolución ocurrió el 1.° de agosto.