Finanzas

Arrendadores deberán dar factura electrónica a partir de setiembre

Quienes posean cédulas que terminen en 1, 2 y 3 tienen que comenzar a emitir el comprobante el 1°. de setiembre; si la identificación finaliza en 4, 5 y 6, el 1°. de octubre; y en 0, 7, 8 y 9, el 1°. de noviembre

Alexander Chavarría, en las caseta en residencial Moravia Los Colegios donde hay varias viviendas para alquilar.Quienes alquilan tienen obligaciones tributarias, aunque no lo que ganen no sea suficiente para pagar el tributo sobre la renta. /Fotografia: JOHN DURAN
Alexander Chavarría, en las caseta en residencial Moravia Los Colegios donde hay varias viviendas para alquilar.Quienes alquilan tienen obligaciones tributarias, aunque no lo que ganen no sea suficiente para pagar el tributo sobre la renta. /Fotografia: JOHN DURAN JOHN DURAN#
Alexander Chavarría, en las caseta en residencial Moravia Los Colegios donde hay varias viviendas para alquilar.Quienes alquilan tienen obligaciones tributarias, aunque no lo que ganen no sea suficiente para pagar el tributo sobre la renta. /Fotografia: JOHN DURAN (JOHN DURAN#)

Las personas que dan en alquiler un cuarto, un apartamento o una casa, aunque sea por un monto bajo, deberán comenzar a entregar a partir de setiembre de este año factura electrónica.

Tres especialistas consultados explicaron que a partir de setiembre deben comenzar a entregar factura electrónica los obligados tributarios que no se han incorporado al sistema, según la resolución número DGT-R-012-2018 de la Dirección General de Tributación publicada en el Alcance Digital N° 60 a La Gaceta número 52 del 20 de marzo del 2018.

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