Editorial

Editorial: ‘¿La DIS persigue diputados o allegados?’: la pregunta requiere respuesta

Cuerpos policiales especializados como la DIS y la UEI, y entidades como el ICD, no pueden operar exentos de fiscalización ni de mecanismos efectivos de rendición de cuentas. Las denuncias por seguimientos a diputados, magistrados y al fiscal general confirman la urgencia de reformas que definan claramente los límites operativos de estas entidades

El GPS que halló Manuel Morales en el carro de su allegada
Un diputado del PLN presentó mociones para investigar los presuntos seguimientos de la DIS a legisladores y allegados, además de otros usos aparentemente irregulares de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional. Cortesía/Archivo LN

En una democracia consolidada, los cuerpos policiales especializados como la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS) y la Unidad Especial de Intervención (UEI), y entidades como el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) –todos adscritos a la Presidencia de la República–, no pueden operar exentos de fiscalización, delimitación clara de funciones, ni mecanismos efectivos de rendición de cuentas. Mucho menos cuando existen sospechas de que sus acciones podrían amenazar las libertades públicas.

Las denuncias por seguimientos a diputados, magistrados y al fiscal general, Carlo Díaz, confirman la urgencia de reformas que definan claramente los límites operativos de estas entidades. Es igualmente vital que toda acción quede registrada y sea rastreable, con información precisa sobre quién la ordenó, quién la ejecutó y cuáles fueron sus resultados.

Es imprescindible que se discuta la implantación de un sistema de supervisión externa de esos cuerpos policiales, con autoridad para advertir y frenar cualquier violación al orden constitucional. En el caso de la DIS, la Sala Constitucional, en una resolución emitida el 23 de abril, advirtió de que esta entidad no es intocable. El voto dejó claro que debe estar sujeta a controles jurisdiccionales y administrativos, y que no puede actuar con discrecionalidad absoluta ni extralimitarse en sus competencias.

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