Según informó La Nación, más de 32.000 adultos mayores y personas en condición de pobreza permanecen en lista de espera para acceder a una pensión del Régimen No Contributivo, administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social. Algunas podrían esperar hasta tres años.
El Régimen No Contributivo atiende a quienes quedaron fuera de la protección laboral ordinaria: adultos mayores sin pensión, personas con discapacidad o ciudadanos en pobreza extrema. El beneficio mensual ronda los ¢82.000, con aguinaldo y cobertura del Seguro de Salud. No resuelve la vida, pero puede evitar que esta se vuelva absolutamente invivible.
El problema es que la demanda supera ampliamente la capacidad de respuesta. La Caja puede otorgar unas 5.000 nuevas pensiones netas por año, mientras recibe entre 10.000 y 12.000 solicitudes anuales. A eso se suma una reducción presupuestaria relevante para el 2026, que dejaría un faltante superior a ¢60.000 millones respecto de las necesidades proyectadas.
La consecuencia inmediata es humana, pero hay, además, una consecuencia institucional. Cuando el sistema administrativo no responde, los ciudadanos acuden a la Sala Constitucional. Y cuando miles de personas deben recurrir al amparo para obtener una pensión, el problema deja de ser solamente presupuestario o asistencial. Se convierte en una señal de falla estructural del Estado.
La Sala Constitucional ya recibe, desde hace años, miles de recursos relacionados con la CCSS. Muchos buscan adelantar citas médicas, cirugías, exámenes, medicamentos o tratamientos. En la práctica, los magistrados han terminado funcionando como una especie de call center para citas urgentes del sistema de salud. No porque esa sea su función, sino porque el ciudadano, desesperado, encuentra en el amparo la única puerta que todavía se abre.
Ahora, a esa presión se suman los recursos por pensiones del Régimen No Contributivo. La Sala resolvió 1.276 amparos sobre este tema en el año 2025, la cifra más alta de los últimos cinco años. El amparo es indispensable para proteger derechos cuando la Administración falla. Pero no puede convertirse en el mecanismo ordinario para gestionar listas de espera, ordenar respuestas, priorizar casos o corregir la insuficiencia presupuestaria de programas sociales básicos. Interponer el amparo se convirtió en un paso más de la tramitología para conseguir una cita o una pensión. Los mismos funcionarios de la CCSS lo sugieren a los administrados.
Cuando eso ocurre, todos pierden. Pierde el ciudadano, porque solo obtiene respuesta después de litigar su necesidad. Pierde la Caja, porque trabaja bajo presión judicial. Pierde la Sala, porque dedica tiempo y recursos a resolver asuntos que debieron atenderse antes.
También conviene discutir si el diseño institucional actual sigue siendo el más adecuado. Una cosa es la cobertura del seguro de salud, que naturalmente corresponde a la CCSS y debe garantizarse a las personas en pobreza. Otra distinta es el beneficio económico mensual del Régimen No Contributivo. Aunque se le llame pensión, en sentido estricto no responde a una lógica contributiva, sino a una transferencia estatal para población en situación de vulnerabilidad. Si el problema es pobreza, abandono o imposibilidad de generar ingresos, quizá la respuesta económica debería ubicarse más claramente en el ámbito de la asistencia social, con el IMAS y el Presupuesto Nacional como ejes principales, mientras la colapsada CCSS conserva la función sanitaria.
Esto no significa trasladar el problema de un escritorio a otro. Significa ordenar responsabilidades. La Caja no debería convertirse en administradora de una enorme lista de espera por subsidios sociales; ni la Sala Constitucional, en el mecanismo para destrabar esa lista caso por caso. El país necesita distinguir mejor entre asegurar salud, pagar pensiones contributivas y otorgar ayudas estatales contra la pobreza.
Una reforma de ese tipo tendría que hacerse con cuidado. Solo tendría sentido si viene acompañada de financiamiento estable, reglas claras de elegibilidad, expediente único social, trazabilidad, plazos máximos y mecanismos de priorización. De lo contrario, la mora simplemente cambiaría de edificio y los ciudadanos seguirían esperando.
La respuesta pasa por presupuesto, pero no se agota en él. También necesita gestión, una estrategia de reducción de mora con metas verificables, clasificación pública de casos por antigüedad y vulnerabilidad, y una vía administrativa urgente para adultos mayores sin red familiar, personas en abandono, pacientes graves o personas con discapacidad severa.
La Sala Constitucional seguirá siendo indispensable mientras haya derechos desatendidos. Pero la justicia constitucional debería ser el último recurso, no el mostrador donde se administra la desesperación social.
