
La Sala Constitucional emitió este jueves una sentencia que resuelve el bloqueo que los diputados del Partido Pueblo Soberano (PPSO) impusieron a la elección de magistrados suplentes de este Tribunal.
Con motivo de un recurso de amparo presentado contra la Asamblea Legislativa, el órgano dispuso prorrogar el periodo de los anteriores magistrados suplentes, a los que se les venció el periodo en diciembre del 2025, hasta que los diputados elijan a los nuevos.
Esta decisión impide que la Sala Constitucional entre en cierre técnico cuando debe resolver casos en que hay magistrados propietarios inhibidos. En 123 expedientes, en los que había reclamos de derechos en materias como pensiones o salud, el Tribunal no podía dictar resoluciones por la ausencia de suplentes.
La Asamblea Legislativa no eligió a magistrados sustitutos porque los diputados del PPSO no aportaron sus votos a ninguno de los candidatos que la Corte Suprema de Justicia presentó según la disposición fijada en la Constitución Política.
La Sala aclaró que la prórroga ordenada solo es efectiva para “evitar la paralización del órgano y solo en los casos más urgentes e indispensables”, es decir, en aquellos en que las magistraturas propietarias están imposibilitadas de votar asuntos por encontrarse incapacitadas o inhabilitadas.
La Sala Constitucional debe tener 12 magistrados suplentes, según la Ley Orgánica del Poder Judicial. Con la enviada por la Corte, la Asamblea Legislativa deberá elegir a nueve. Faltaría un segundo proceso para designar a los tres restantes.
Orden a presidenta de Asamblea
La sentencia también ordena a Yara Jiménez Fallas, presidenta de la Asamblea Legislativa o a quien ejerza el cargo, que ponga la nómina de candidatos a conocimiento del plenario “en la próxima oportunidad posible, respetando los parámetros establecidos en la resolución”, dispuso el fallo constitucional.
Además, se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios, los que se liquidarán en sentencia de lo contencioso-administrativo.
El voto fue aprobado con una mayoría de cuatro magistrados frente a tres que salvaron el voto. A favor votaron Fernando Cruz, Paul Rueda (instructor del caso), Jorge Araya e Ingrid Hess Herrera. En contra lo hicieron Luis Fernando Salazar, Fernando Castillo (presidente de la Sala) y Anamari Garro.
El amparo que se declaró con lugar fue presentado por un usuario que había presentado recursos que no podían ser resueltos por la falta de suplentes. La gestión se tramitó bajo el expediente 26-13498-0007-CO.
“Esta decisión tiene como fundamento garantizar los derechos fundamentales de las personas afectadas a causa de que no se ha podido nombrar los magistrados suplentes”, dijo el magistrado Fernando Castillo.
Anularon devolución de Yara Jiménez
Los magistrados dejaron sin efecto el acuerdo tomado por la Asamblea Legislativa para devolver la nómina de candidatos a magistrados suplentes de la Sala Constitucional y solicitar una nueva nómina a la Corte Suprema de Justicia.
El Congreso devolvió dos veces la nómina. La primera vez ocurrió el 10 de junio, cuando el PPSO aprobó una moción de orden con ese fin. Un mes después, el 15 de julio, la presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, reiteró esa decisión.
Tras la primera devolución, la Corte Plena acordó devolver intacta a los diputados la nómina al argumentar que no se brindó un motivo para rechazar el listado.
Lista de los suplentes
Los 12 magistrados suplentes restituidos son:
- Alejandro Delgado Faith
- Huberth Fernández Argüello
- Ana María Picado Brenes
- Ileana Isabel Sánchez Navarro
- Ronald Salazar Murillo
- Alexandra Alvarado Paniagua
- Ana Cristina Fernández Acuña
- Aracelly Pacheco Salazar
- Fernando Lara Gamboa
- Jorge Isaac Solano Aguilar
- Rosibel de los Ángeles Jara Velásquez
- José Roberto Garita Navarro
A todos se les había vencido el nombramiento el 12 de diciembre del 2025.
El artículo 121, inciso 3, establece que le corresponde al Congreso nombrar los magistrados propietarios y suplentes de la Corte Suprema de Justicia. Aún no se conoce el fallo integral de la Sala, únicamente el por tanto.
Vía libre a 123 expedientes y a caso de Rodrigo Chaves
Con el fallo de la Sala, la Corte podrá integrar el Tribunal de la Corte Plena para conocer la solicitud de levantamiento de la inmunidad del ministro de Presidencia y de Hacienda, Rodrigo Chaves, por presuntos delitos electorales relacionados con el uso de una presunta estructura paralela de financiamiento para las elecciones del 2022.
Según había explicado la magistrada presidenta de la Sala de Casación Penal, Patricia Solano, solo faltaba un suplente de Sala Constitucional para conocer el caso.
También, se podrán conocer los 123 expedientes paralizados por inhibitorias de magistrados propietarios.
El pasado 24 de julio, el presidente del Poder Judicial, Orlando Aguirre, había adelantado que, en su criterio, la Corte Plena no debía intervenir, sino que la propia Sala Constitucional debía resolver el problema.
En tanto, juristas consultados por La Nación habían planteado distintas salidas para evitar la paralización de la justicia constitucional: ordenar a la Asamblea Legislativa que elija a los suplentes con base en el artículo 164 de la Constitución, integrar temporalmente la Sala con magistrados propietarios o suplentes de otras salas de la Corte Suprema de Justicia, o aplicar el principio de prorrogatio para extender los nombramientos vigentes hasta que se designen sus reemplazos.
