El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) reiteró este martes al Partido Liberación Nacional (PLN) que la Asamblea Nacional de la agrupación no puede asumir el nombramiento de los delegados del cantón de San Ramón, lo cual complica la posibilidad de que el partido acceda a la deuda política.
Los magistrados indicaron que si bien el inciso d) del artículo 74 del estatuto del PLN autoriza a la Asamblea Nacional para designar las delegaciones y órganos ejecutivos territoriales, “esa norma no se ajusta al mandato constitucional”.

La Nación solicitó una declaración al secretario general verdiblanco, Miguel Guillén, quien indicó que acababa de recibir la resolución, por lo que necesitaba analizarla y discutirla internamente. Señaló que una vez concluido ese proceso, podría referirse al asunto.
Igualmente, se pidió una declaración al encargado de prensa del comando de campaña del candidato presidencial verdiblanco, Álvaro Ramos, sin que se haya obtenido respuesta.
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A raíz de esta situación, el ente declaró que la norma no es aplicable a los casos en los que se deban nombrar cargos territoriales, aunque la falta de designación sea imputable a quienes integran el órgano inferior.
La resolución fue emitida en respuesta a un consulta planteada por Miguel Guillén, secretario general verdiblanco.
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Los magistrados ya habían definido, el viernes 22 de agosto, que la agrupación verdiblanca no podrá recibir el dinero de la contribución estatal a los partidos políticos mientras no complete el nombramiento de las autoridades y los delegados del comité cantonal ramonense.
La Asamblea Nacional del PLN intentó elegir el pasado 23 de agosto a 13 representantes de San Ramón, luego de la negativa de los delegados ramonenses de celebrar su asamblea cantonal.
No obstante, los jueces electorales explicaron a Liberación que conceder a la Asamblea Nacional la potestad de elegir a los delegados cantonales, sería, en el fondo, invertir la lógica del sistema, ya que “desde la cúpula se estarían integrando los órganos de base, lo cual otorgaría un control y poder contrarios al principio de democracia interna partidaria”.
¿Cómo llegó el PLN a este punto?

La agrupación fracasó en al menos 10 intentos, para que la asamblea cantonal se reuniera y completara las designaciones que tiene pendiente, como parte del proceso de renovación de estructuras que los partidos políticos deben cumplir, de cara a participar en las elecciones nacionales del 2026.
El partido requiere la asistencia de 54 delegados para alcanzar el cuórum, no obstante, los números han estado por debajo de los 30 representantes. En total, la asamblea ramonense está conformada por 108 personas.
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A inicios de agosto, el exdiputado y excandidato Antonio Álvarez Desanti advirtió que el partido se encontraba en un la situación inédita en su historia reciente y que esta podría comprometer el acceso del PLN a los fondos de la deuda política.
Agregó que, a diferencia de campañas anteriores en las que, incluso perdiendo, el partido quedó con condiciones financieras operativas, esta vez “estaríamos ante el cierre inminente de nuestro partido”.
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Álvarez alegó que la situación en San Ramón se encontraba estancada por un interés de la campaña de Ramos de imponer una candidatura de Miguel Guillén a diputado por la provincia de Alajuela.
Tanto Ramos como Guillén rechazaron los argumentos del expresidente del Congreso.
¿Por qué surgió la consulta?
Andrei Cambronero, jefe de despacho de la presidencia del TSE, explicó que durante la pandemia de la covid 19, se introdujo una reforma temporal al Código Electoral para permitir que los partidos políticos presentaran candidaturas sin necesidad de renovar sus estructuras internas, como lo exige normalmente la ley.
Esto se debió a que las restricciones sanitarias impedían la realización de asambleas presenciales y, por ende, el proceso de renovación. Esa excepción provocó que varios partidos modificaran sus cronogramas internos.
En el caso del Partido Liberación Nacional (PLN), su estructura vencía el 26 de octubre. Eso generó la duda sobre cuál asamblea tenía la facultad de ratificar candidaturas: si la anterior —que todavía estaba vigente— o la nueva, que ya había avanzado con el recambio desde el nivel distrital hasta el nacional, salvo en San Ramón.
El TSE resolvió la semana pasada un amparo electoral en el que determinó que es la nueva Asamblea Nacional la que debe ratificar candidatos, aunque el partido solo podrá acceder a la deuda política una vez que complete la asamblea pendiente en San Ramón.
Según Cambronero, el Tribunal también fue claro en que la Asamblea Nacional no puede sustituir las designaciones que corresponden a un órgano territorial, pues ello contravendría el principio democrático que obliga a los partidos a renovarse desde las bases hacia la cúpula.
En consecuencia, el PLN deberá convocar nuevamente la asamblea cantonal de San Ramón. Si los delegados territoriales no cumplen con sus obligaciones, el partido puede recurrir a su Tribunal de Ética, y si la sanción por imponer es la destitución del cargo de delegado territorial, los puede reponer de acuerdo con las reglas internas de la agrupación.
Además, precisó que el artículo inciso d), del numeral 74, del estatuto liberacionista no es aplicable para designar delegados territoriales, ya que la ley reserva esa competencia a los propios vecinos de cada territorio.
Cambronero explicó que la Asamblea Nacional sí puede abocar designaciones de candidaturas cuando una estructura cantonal no cumple con esa función, pero esa regla no se puede extrapolar a los delegados territoriales.
