
El magistrado de la Sala Constitucional Jorge Araya declaró que, si el fallo de la Sala para prorrogar las designaciones de los magistrados suplentes “molesta” o “incomoda” a algún sector de la Asamblea Legislativa, la solución es que nombren a otros nuevos, desplazando así la resolución del tribunal.
Los nombramientos vencieron el pasado mes de diciembre. No obstante, a la fecha, la Asamblea (de mayoría oficialista) no ha seleccionado sustitutos y, como consecuencia, alrededor de 130 casos permanecen sin resolver.
“Hay un mandato expreso en la Constitución de nombrar a los magistrados suplentes; no se hizo, aunque tiene un plazo que la misma Constitución establece”, sostuvo el juez.
Araya comentó que el mecanismo de prórroga se utiliza por “todos los prestigiosos tribunales constitucionales del mundo”, tales como el Tribunal Constitucional de España, el Tribunal Constitucional de Alemania y la Corte Constitucional Italiana.
La prórroga fue adoptada por los magistrados constitucionalistas, luego de que el Congreso no lograra completar la designación de los nueve magistrados suplentes de la Sala Constitucional, luego de 11 rondas de votación fallidas. En todas ellas, la bancada oficialista se ha negado a respaldar a alguno de los candidatos, lo que ha impedido alcanzar los 38 votos requeridos para efectuar los nombramientos.
El Congreso devolvió dos veces la nómina. La primera vez ocurrió el 10 de junio, cuando el PPSO aprobó una moción de orden con ese fin. Un mes después, el 15 de julio, la presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, reiteró esa decisión.
Tras la primera devolución, la Corte Plena acordó devolver a los diputados la nómina intacta al argumentar que no se brindó un motivo para rechazar el listado.
Todavía no hay sentencia integral
El magistrado Araya precisó que, por ahora, los miembros suplentes no pueden sesionar hasta que se haya notificado formalmente el fallo integral (es decir, la resolución completa).
“Y entiendo que la Asamblea Legislativa esperaría la sentencia integral notificada para tomar la decisión que estime conveniente; una decisión que, yo esperaría, fuera de acatamiento. En el sentido de que, si no les parece la figura o marco jurídico específico que la Sala Constitucional aplicó, lo que tienen que hacer es proceder a nombrar”, expresó este martes en entrevista con La Nación y otros medios.
Según Araya, los candidatos al nombramiento son en su mayoría personas a las que conoce: “jueces de carrera honorables, capaces y trabajadores, que además pasan por filtros y estudios exhaustivos, sobre sus comportamientos y sus quehaceres de vida, muy minuciosos”.
Fallo no aplica para conformar Corte Plena
Ante una pregunta de La Nación, el magistrado constitucional también aclaró que, con el fallo, los suplentes no podrán integrar el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, ni conocer asuntos como el levantamiento de la inmunidad de funcionarios públicos.
“La sentencia es muy clara en dos campos: aplica para incapacidades médicas y para inhibitorias dentro de la competencia de la Sala Constitucional, pero no aplicaría para las inhibitorias o las incapacidades indudablemente a nivel de la Corte Suprema”.
El caso relativo a la solicitud de levantamiento de la inmunidad (“que ahí tenemos una que ya tiene su rato”) requiere la integración plena del tribunal, dado que la Corte actúa como Corte Plena, lo cual conlleva la exigencia de un quórum completo, explicó.
