Política Económica

Entidades mantendrán restricciones para dar créditos nuevos a personas con ingresos menores a ¢199.000

La reforma a la “ley de usura”, establece que quienes tenían préstamos ya contratados antes de la vigencia de esta legislación, el 20 de junio, no tendrán límite salarial para las deducciones, pero todas las operaciones posteriores, sí.

Foto de archivo de la oficina de crédito del Banco Nacional. Con la reforma a la ley de usura se procura evitar también dificultades para el mercado financiero.  Foto: Diana Méndez
Foto de archivo de la oficina de crédito del Banco Nacional. Con la reforma a la ley de usura se procura evitar también dificultades para el mercado financiero. Foto: Diana Méndez Diana Mendez
Banco Nacional, Rotulos con el tipo de cambio y oficinas de credito. Foto de archivo de la oficina de crédito del Banco Nacional. Con la reforma a la ley de usura se procura evitar, también, dificultades para el mercado financiero. Foto: Diana Méndez (Diana Mendez)

La reforma a la Ley 9859, conocida como “ley de usura”, aprobada el 27 de octubre en primer debate en la Asamblea Legislativa, divide a los deudores en dos grupos: los que ya tenían operaciones antes de la vigencia de la ley de usura, el 20 de junio pasado, y los que hagan créditos nuevos.

En el caso del primer grupo, los que ya tenían créditos y otras deducciones antes de la ley de usura, continuarán con las condiciones anteriores, eso significa que si con las deducciones les quedaba un monto menor al salario mínimo inembargable, que es de ¢199.760, se mantendrán así.

‌
‌

‌

‌
‌

‌

‌