
La presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, anunció este viernes que presentará una querella por prevaricato contra cuatro magistrados de la Sala Constitucional, tras la decisión del Tribunal de prorrogar el nombramiento de los magistrados suplentes de este órgano hasta que la Asamblea Legislativa elija a sus sustitutos.
El prevaricato está regulado en el artículo 357 del Código Penal y sanciona a los funcionarios judiciales o administrativos que dicten resoluciones contrarias a la ley o que las fundamenten en hechos falsos.
El delito se castiga con penas de dos a seis años de prisión. Cuando se trata de una sentencia condenatoria en materia penal, la sanción aumenta de tres a 15 años.
El abogado constitucionalista Marvin Carvajal explicó que cualquier funcionario público que tenga la obligación de tomar decisiones puede ser denunciado por presunto prevaricato. Sin embargo, aclaró que la sola presentación de una querella no implica que el delito exista ni que la actuación denunciada reúna los requisitos previstos en el Código Penal.
En su criterio, la decisión adoptada por la mayoría de la Sala Constitucional no encaja en esa figura penal, pues el Tribunal actuó dentro de las potestades que la Constitución le confiere para resolver una situación excepcional provocada por la falta de nombramiento de magistrados suplentes.
“La Sala tenía que conseguir una solución a una crisis generada por la propia Asamblea Legislativa al no nombrar las suplencias de la Sala Constitucional”, afirmó.
Carvajal añadió que la querella anunciada por Jiménez no debería suspender ni alterar los efectos de la sentencia. Según indicó, el fallo se mantiene vigente mientras el eventual proceso penal sigue su curso, por lo que la Asamblea Legislativa debe acatar la resolución y continuar con el procedimiento para elegir a los magistrados suplentes.
Por su parte, el constitucionalista Luis Felipe Rodríguez sostuvo que el prevaricato exige que exista una resolución contraria a derecho, condición que, en su criterio, no se cumple en este caso.
Explicó que la Constitución encomienda a la Sala Constitucional la tutela de los derechos fundamentales y la faculta para adoptar las medidas necesarias cuando estos resultan vulnerados, como ocurrió ante la imposibilidad de resolver expedientes por la falta de magistrados suplentes.
“Para prevaricar hay que emitir una resolución contraria a derecho. Es evidente que la resolución de la Sala Constitucional no es contraria a derecho”, sostuvo.
Rodríguez también consideró prematuro el anuncio de la querella, al señalar que aún no se conoce el texto íntegro de la sentencia.
En ese sentido, el abogado constitucionalista Manrique Jiménez Meza señaló que el anuncio de una querella no permite concluir, por sí solo, que se haya cometido el delito de prevaricato, pues esa es una circunstancia que únicamente puede determinarse mediante un proceso judicial.
Agregó que la eventual existencia del delito deberá acreditarse durante ese proceso y respetando la presunción de inocencia de los magistrados involucrados.
Bloqueo del oficialismo
La Asamblea Legislativa ha fracasado en 11 rondas de votación para completar la designación de los nueve magistrados suplentes de la Sala Constitucional. En todas ellas, la bancada oficialista se ha negado a respaldar a los candidatos, lo que ha impedido alcanzar los 38 votos requeridos para efectuar los nombramientos.
El Congreso devolvió dos veces la nómina. La primera vez ocurrió el 10 de junio, cuando el PPSO aprobó una moción de orden con ese fin. Un mes después, el 15 de julio, la presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, reiteró esa decisión.
Tras la primera devolución, la Corte Plena acordó devolver intacta a los diputados la nómina al argumentar que no se brindó un motivo para rechazar el listado.
Resolución de la Sala Constitucional
Tras ese escenario, la Sala Constitucional emitió el jueves 30 de julio una sentencia con la que prorrogó el nombramiento de los magistrados suplentes cuyo período venció en diciembre de 2025, hasta que la Asamblea Legislativa designe a sus sustitutos.
La decisión respondió a un recurso de amparo presentado contra el Congreso y busca evitar la paralización del Tribunal en aquellos casos en que magistrados propietarios deban inhibirse. Según informó la propia Sala, la ausencia de suplentes mantenía paralizados 123 expedientes, incluidos casos relacionados con pensiones y salud.
El fallo también ordenó a la presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, o a quien ocupe ese cargo, someter la nómina de candidatos al conocimiento del Plenario “en la próxima oportunidad posible”, conforme a los parámetros establecidos en la resolución.
La sentencia fue aprobada por mayoría de cuatro votos contra tres. Votaron a favor Fernando Cruz, Paul Rueda, Jorge Araya e Ingrid Hess Herrera. Salvaron el voto Luis Fernando Salazar, Fernando Castillo y Anamari Garro.
