
La Fiscalía investiga al exasesor presidencial, Federico “Choreco” Cruz, por una presunta legitimación de capitales en el caso conocido como BCIE-Cariñitos.
La tesis de la Fiscalía es que el exasesor habría recibido $32.000 de parte del empresario audiovisual, Christian Bulgarelli, por una presunta orden del presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles.
Los fondos habrían procedido de un contrato para dar servicios de comunicación a Casa Presidencial, financiado por el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el cual fue adjudicado a la empresa de Bulgarelli, RMC La Productora.
A su vez, Choreco habría utilizado el dinero para pagar el enganche de una casa en condominio en Concepción de Tres Ríos, según el expediente 25-000044-0033-PE. El Ministerio Público le tomó declaración este miércoles 3 de setiembre al exasesor de imagen. Su abogado, Gerardo Chaves, cuestionó las pruebas y aseguró que el caso se caerá.
Por estos hechos, la Fiscalía General acusó a Chaves y al ministro de Cultura, Jorge Rodríguez Vives, por el presunto delito de concusión, el cual ocurre cuando un funcionario público, abusando de su calidad o de sus funciones, obliga o induce a alguien a dar o prometer un bien o un beneficio patrimonial para sí o para un tercero, de forma indebida.
Sin embargo, al exasesor Federico Cruz se le investiga por una supuesta legitimación de capitales, conocida también como lavado de dinero, que consiste en dar apariencia de legalidad a bienes o dineros que en realidad provienen de actividades ilícitas.
En Costa Rica, este delito se castiga con penas de prisión que van de ocho a 20 años. Según el artículo 69 de la Ley sobre estupefacientes, psicotrópicos, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo (N.° 7786), incurre en legitimación de capitales quien:
-Use, mueva, invierta o disfrace como legales bienes, dinero o activos (incluidos los virtuales), sabiendo o aceptando que provienen de un delito. Esto aplica tanto si son recursos propios como de otra persona.
-Oculte o encubra de cualquier forma el origen, el dueño, el destino o el movimiento de esos bienes o activos.
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Además, cuando el dinero o los bienes provienen de delitos graves, como narcotráfico, terrorismo, trata de personas, corrupción, fraude fiscal, contrabando o delitos ambientales, la condena puede ser de 10 a 20 años de cárcel.
La ley también impone la misma pena a funcionarios públicos que, aprovechando su cargo o los servicios del Estado, participen en estas conductas.
Un aspecto clave es que estos casos pueden investigarse y juzgarse, aunque el delito original del que salió el dinero ya haya prescrito.
