El delito de concusión ocurre cuando un funcionario público, abusando de su calidad o de sus funciones, obliga o induce a alguien a dar o prometer un bien o un beneficio patrimonial para sí o para un tercero, de forma indebida.
La pena por ello va de dos a ocho años de cárcel. Así lo establece el artículo 355 del Código Penal.
En abril, la Fiscalía acusó al presidente de la República, Rodrigo Chaves, de cometer concusión en una contratación de $405.800 para dar servicios de comunicación a Casa Presidencial. El contrato fue financiado con fondos donados por el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).
¿Cómo se levanta la inmunidad a un presidente?
Este 1.° de julio, el Tribunal de Corte Plena acordó pedir el levantamiento de la inmunidad a Chaves para que continúe el proceso legal. La decisión de retirar o no el fuero queda en manos de la Asamblea Legislativa.
Según la Fiscalía, a cambio del contrato pagado por el BCIE, Chaves pidió al empresario audiovisual Christian Bulgarelli girar $32.000 al exasesor presidencial, Federico “Choreco” Cruz, para que enganchara una casa en un condominio en Concepción de Tres Ríos.