
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) considera que la campaña de la administración del presidente Rodrigo Chaves denominada “Cayó la mordaza”, del 2 de octubre pasado, constituyó una “distorsión informativa de parte del presidente de la República”.
Así lo resolvieron los magistrados electorales al declarar con lugar el recurso de amparo electoral presentado por la defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank, en contra del mandatario y del ministro de Seguridad, Mario Zamora.
En su gestión ante el TSE, la Defensoría de los Habitantes denunció que la Fuerza Pública incurrió en un acto de insubordinación al régimen electoral, al difundir en sus cuentas oficiales el mensaje de la supuesta mordaza que alegó Rodrigo Chaves, porque la jurisprudencia electoral le ordenó no utilizar las redes oficiales para hacer propaganda gubernamental, a partir del 2 de octubre.
En respuesta a la defensora, el TSE manifestó que Chaves irrespetó, en pleno inicio de campaña, el principio democrático, los principios fundacionales de la función electoral y la institucionalidad democrática adoptada por los diputados constituyentes de 1949.
“Conlleva una afectación refleja de la libertad del sufragio, en tanto incide en las garantías que son base del sistema democrático”, resolvió el órgano electoral.
El Tribunal también declaró con lugar el amparo en relación con la difusión del Ministerio de Seguridad, en sus redes sociales, de un mensaje que contenía la imagen de Rodrigo Chaves, con la frase “Cayó la mordaza”.
“Dicha publicación generó un estado de alerta y confusión sobre el deber de colaboración y apoyo que, constitucionalmente, le es exigido a las fuerzas de policía durante el proceso electoral, y, en ese tanto, resulta contraria a principios constitucionales fundamentales para el libre ejercicio del sufragio: libertad, orden, pureza e imparcialidad, así como contraria de la regla constitucional que instrumentaliza el cumplimiento de estos principios a través de la cesión del mando compartido de la Fuerza Pública al TSE”, sentenciaron los magistrados electorales.
Advertencia a Rodrigo Chaves y Mario Zamora; condena al Estado
Al acoger el recurso de amparo electoral de Cruicskhank, el TSE mantuvo la medida cautelar de abstenerse de realizar cualquier conducta o publicación que incida en la libre determinación de los votantes.
El Tribunal añadió que, en caso de inobservar la orden electoral, de forma parcial o total, Rodrigo Chaves y Mario Zamora estarían incurriendo en el delito de desobediencia a una orden dictada por la autoridad del TSE en el marco de un recurso de amparo electoral, según lo establece el Código Penal, en su artículo 314, el 284 del Código Electoral y el 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
Adicionalmente, el TSE condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios derivados de la sentencia electoral, que deben liquidarse en la vía de lo contencioso administrativo.
El argumento de Angie Cruickshank ante el Tribunal fue que, tanto Rodrigo Chaves como Mario Zamora, hicieron manifestaciones desinformadoras sobre el proceso electoral, en la conferencia de prensa de la Casa Presidencial del 1.º de octubre, junto con la difusión de la campaña sobre la presunta mordaza, el día siguiente.
Esas acciones violentaron, a juicio de Cruickshank, el derecho a la información pública, veraz, completa, objetiva y neutral, el principio democrático, así como el orden público, la seguridad nacional y la institucionalidad democrática.
Aunque la intención del gobierno era atacar la veda electoral establecida contra toda propaganda de las instituciones y de los jerarcas del Poder Ejecutivo, dicha campaña fue ampliamente criticada por múltiples comentaristas en las redes sociales.
Tanto así que, horas después, los diferentes perfiles de las instituciones públicas borraron las publicaciones donde amplificaban los ataques de Rodrigo Chaves contra el TSE y la foto con el mensaje sobre la presunta mordaza.
